Como Calcular El Paro A Media Jornada

En estas ayudas poco comúnes no se produce la parcialización a la que nos referíamos antes, esto es, no se tiene presente si el último contrato fue a tiempo parcial. Si te han ofrecido, por poner un ejemplo, trabajar a media día, tu subsidio se verá achicado en un 50 %. En el momento en que se te concluya el contrato, volverás a cobrar exactamente el mismo subvención que estabas recibiendo antes de empezar a trabajar.

A pesar de ser esencialmente formativos, los trabajadores con este género de contratos asimismo tienen derecho a las prestaciones contributivas por desempleo, en función de sus cotizaciones. Además de recibir formación teórica y práctica retribuida, el trabajador o la trabajadora asimismo cotiza para la jubilación y por desempleo. A lo largo del contrato de capacitación, el alumno-trabajador o la pupila-trabajadora están cotizando a la Seguridad Social. El alumno podrá solicitar la prestación por desempleo, mientras que cumpla los requisitos. Anteriormente trabajé a día completa en otra compañía y de ese trabajo aún me quedan por cobrar 5 meses de paro. Llevo los últimos 6 años haciendo un trabajo 8 horas a la semana ( 15% de parcialidad) por unos 153€ por mes.

Tiempo De Paro Según Días Cotizados

También debemos dejar claro que el IPREM es una suerte de salario mínimo, pero aplicado al ámbito de las prestaciones por desempleo. Haber cotizado y trabajado al menos 360 días en los 6 años anteriores a la situación de desempleo. Ahora bien, durante los seis primeros meses, el importe de la prestación que cobraremos va a ser el 70% de la base reguladora. Desde el séptimo mes el importe de la prestación va a ser el 50% de la base reguladora y, por consiguiente, el 50% de nuestra base reguladora de 1500€ será 750€. Las horas que has trabajado no van a repercutir en tu prestación contributiva por desempleo. II) Cobro un SUBSIDIO por desempleo y me ofrecen trabajar a tiempo parciala) Seguir cobrando el subvención, reducido proporcionalmente a las horas que trabajes.

Los contratos para la educación o para la formación están liderados, eminentemente, a los colectivos de estudiantes que desean iniciarse en el planeta laboral. Tienen una duración parcial y son remunerados, como cualquier contrato de trabajo. Solamente van a poder acceder a este género de contratos los trabajadores mayores de 16 años y inferiores de 25, aunque los menores de 30 asimismo podrían, mientras que su tasa de paro se sitúe por debajo del 15 %. A lo largo de los primeros 180 días, el trabajador está en su derecho a sentir el 70 % de la base reguladora calculada según la base por contingencias expertos de los últimos 180 días cotizados, y el 50 % con posterioridad. La cuantía para el año 2017 para el trabajador ha de estar entre 1.087,20 euros (máxima) y de 497,01 euros (mínima).

Si, por el contrario, tu contrato dura mucho más de un año, puedes seleccionar entre reanudar la prestación que dejaste interrumpida o soliciar una exclusiva que tenga en cuenta lo que has cotizado al paso que trabajabas a tiempo parcial. O sea, debes echar cuentas para comprender qué es mucho más provechoso para ti. Caso de que tu contrato a tiempo parcial dure menos de un año, puedes soliciar que te reinicien la prestación y cobrarás todos los meses que te quedaron pendientes. Es decir, si por servirnos de un caso de muestra el trabajo que te ofrecen es de media día, el 50%, tu prestación se va a ver achicada al 50%. Si por servirnos de un ejemplo te proponen un contrato a tiempo parcial de un 20 % de la día recurrente, cobrarás el 80% de la prestación. En el próximo artículo vamos a explicar la diferencia entre las posibilidades por desempleo y los subsidios por desempleo, qué requisitos es necesario para lograr cobrar el paro y de qué manera calcularlo.

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Es decir, si por servirnos de un ejemplo el trabajo que te ofrecen es de media día, el 50%, tu prestación se va a ver reducida al 50%. Si por servirnos de un ejemplo te proponen un contrato a tiempo parcial de un 20 % de la día habitual, cobrarás el 80% de la prestación. Las personas que cobran la prestación contributiva, un subvención por desempleo o una prestación por ERTE, pueden trabajar a tiempo parcial.

Estas ayudas son reducidas ya que va a recibir la cantidad con exactamente la misma reducción que la día parcial del último contrato. Esta regla afecta a toda clase de subsidios a salvedad del subvención para mayores de 52 años. Se tiene presente el tiempo cotizado en el extranjero, pero la base es la de España. Por servirnos de un ejemplo, con una base cada día de 35.92 €, se cobra el 70 % de dicha base, si bien habría que tener en consideración asimismo el coeficiente de parcialidad.

Para saber cuál es tu prestación, primero ven qué es lo que has usado anteriormente y después, lo que hayas trabajado después de haberla solicitado. La cuantía de la prestación se calcula con las cotizaciones de los últimos 180 días trabajados anteriores al cese. Por consiguiente se hará una media de los últimos 6 meses; si el último contrato ha sido a jornada completa se va a aplicar el 70 % de la base reguladora de lo que salga de esa media, si el contrato ha sido a media jornada se aplicaría el 50 %. En el momento en que el trabajo desempeñado fué a jornada parcial como es tu caso la prestación que te corresponde es en base a ello. Lo que desconozco es si en el momento de solicitar la prestación comunicaste que habías trabajado 2 años en Reino Unido ya que si no lo hiciste podrías pasar por tu oficina de empleo por si te tienen la posibilidad de ampliar la prestación acreditándolo con el documento E301.

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Si tenemos en cuenta estos máximos y estos mínimos, encontraremos matices en la regla del 70% y del 50%. Durante el 2019, la base reguladora mínima es de 1 050€ y la máxima es de 4 070,diez€. Es necesario haber cotizado un año para tener derecho a cobrar la prestación . Así, se entrega el derecho de sentir la prestación durante 4 meses.

como calcular el paro a media jornada

Si has estado trabajando un año a media día,sí tienes derecho a cobrar el paro. El requisito para entrar a la prestación es haber cotizado al menos 360 días en los seis años precedentes. Cuando se te acabe el contrato, reanudarás el cobro del subsidio recibiendo lo mismo que estabas cobrando antes de empezar a trabajar y con los días que te quedaban. Eso si, si tu nuevo contrato hace que logres tener amontonados mucho más de 360 días de nuevas cotizaciones, cuando el contrato finalize ya no recuperarás el subsidio, sino vas a tener derecho a solicitar el paro, es decir, la prestación contributiva.

Calculadora De Paro

El importe de la prestación por desempleo se calcula según la base reguladora; esta es la media de las bases de cotización de los últimos 180 días de trabajo anteriores al cese. La cuantía de la prestación por desempleo a lo largo de los primeros 180 días va a ser el 70 % de la base reguladora, desde el día 181 será el 50 % de esa base. Si has trabajado a media día habrás cobrado, por lo general, menos que una persona que ha trabajado a jornada completa. Puesto que la cuantía se quita de la base de cotización de los últimos 180 días, esta será menor.

En esta sección del producto, hemos colocado las diferentes formas de calcular el paro. La calculadora mucho más frecuente es el programa de autocálculo que vamos a proceder a explicar a continuación. Hay que decir que los hijos son un aspecto primordial para determinar la cantidad de dinero pagada en las prestaciones mínimas, al igual que en las posibilidades máximas .

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El cobro de la prestación siendo un autónomo depende de muchos causantes (edad, actividad económica efectuada, bases cotizadas en todo el intérvalo de tiempo para pedir la prestación…). La cuantía de la prestación es del 70 % de la base reguladora, realizándose un promedio de la cotización total de los 12 meses últimos al cese de la actividad económica. El máximo establecido es del 175 % del IPREM, salvo para autónomos con 1 o más hijos a su cargo. En estos casos concretos, el porcentaje incrementa al 200 % y al 225 % respectivamente. Los trabajadores por cuenta propia o los autónomos son una salvedad en cuanto a cobrar el paro se refiere. Si a un autónomo no le ha ido bien el negocio, este puede solicitar la prestación por desempleo tras solicitar el cese de actividad (única causa de desempleo legal para los autónomos).