En los supuestos de adopción en todo el mundo, cuando sea preciso el movimiento previo de los progenitores o las progenitoras al país de origen del adoptado, el intérvalo de tiempo de suspensión, sosprechado para cada caso en este capítulo, va a poder iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución por la que se forma la adopción. Para el conveniente avance de sus funcionalidades, los encargados y las encargadas de prevención dispondrán además del crédito horario del que la pasan bien en virtud del artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores, de un crédito agregada de 5 horas mensuales para el desempeño de sus funcionalidades. Sin embargo va a ser considerado como tiempo de trabajo efectivo el correspondiente a las funcionalidades recogidas en los artículos 36.2 y 37.1 de la Ley. A ningún efecto se computará el tiempo que los trabajadores o las trabajadoras permaneciesen en esta situación. A) Quince días en caso de matrimonio del trabajador o la trabajadora, festejado en cualquiera de las formas civiles o religiosas reconocidas por la legislación nacional, así como en la situacion de constitución de parejas en verdad, siempre y cuando se acredite que dicha constitución se ha realizado cumpliendo los requisitos formales que demande la normativa legal aplicable según el lugar de vivienda.
Como principio y prioridad única para el derecho de opción de los trabajadores a un preciso turno de vacaciones, se establece que quien optó y tuvo preferencia sobre otro trabajador en la elección de un determinado turno, pierde esa primacía de opción hasta tanto no lo ejercite el resto de sus compañeros en una unidad de trabajo. Las llamadas vacaciones de verano habrán de disfrutarse en los meses de junio a septiembre, debiendo conocerse los turnos anuales con una antelación no inferior a dos meses a la fecha de su inicio. El trabajador que por fundamentos del servicio deba efectuar viajes o desplazamientos a provincias diferentes de aquella en la que radique su centro de trabajo, tendrá derecho a percibir una dieta de 26 € ó una media dieta de 12 €. Durante el año 2019 los Sueldos Base Hora establecidos para el año 2018 se incrementarán en un 2%, con fecha de efectos del 1 de enero de cada ejercicio. A lo largo del año 2018 los Sueldos Base Hora establecidos para el año 2017 se incrementarán en un 1,5%, con fecha de efectos del 1 de enero.
La organización del trabajo, su programación, clasificación, distribución entre las áreas de la compañía y las condiciones en general de prestación del trabajo, son facultades de las direcciones de las compañías. Dichas facultades, que se entienden sin perjuicio de los derechos de los representantes de los trabajadores, tendrán en su caso las restricciones impuestas por las normas legales de obligada obediencia y por el respeto debido a la dignidad personal del trabajador y a su formación profesional. En el caso de las compañías de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad dirigidas a evitar cualquier género de discriminación laboral entre mujeres y hombres a través de la elaboración y app de un plan de igualdad, van a deber ser negociadas con los representantes legales de los trabajadores en el campo de toda la compañía.
Art 38 Incrementos Salariales—
Los trabajadores que únicamente hayan tenido un proceso de IT en el año natural y que dispongan de periodo de tiempo de carencia para ocasionar posibilidades económicas por tal contingencia, se les complementará hasta el 100 por ciento del salario base mucho más el mencionado complemento salario base personal desde el primer día de la baja. A tales efectos se recalculará el complemento a cargo de la compañía en el mes de la fecha de comienzo de la baja por incapacidad temporal. La organización del trabajo, con su sujeción a lo previsto en el presente convenio, es facultad de la dirección de las compañías. Sin mengua de la autoridad conocida a la dirección de la empresa, los comités de empresa, encargados de personal y delegados sindicales tendrán las competencias atribuidas por el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción, almacena con objetivos de adopción o acogimiento, según el artículo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, el plantel va a tener derecho a la suspensión del contrato durante trece días ininterrumpidos, extensibles en el supuesto de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
Las trabajadoras embarazadas van a tener derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada laboral. En los casos de partos prematuros con falta de peso y esos otros en que el neonato precise, por alguna condición clínica, hospitalización a continuación del parto, por un período superior a siete días, el periodo de suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales, y en los términos en que reglamentariamente se desarrolle. El otro progenitor podrá proseguir usando del periodo de suspensión por maternidad en un inicio cedido, si bien en el instante previsto para la reincorporación de la madre al trabajo esta se encuentre en situación de incapacidad temporal. La mujer preñada va a tener derecho al cambio del puesto siempre y en todo momento en el momento en que se pruebe que las condiciones del puesto de trabajo que desempeña pudieran influir de manera negativa en su salud o en la del feto, asegurándole el mismo salario y la incorporación a su puesto habitual en el momento en que la trabajadora se reintegre tras el parto. El mismo derecho asiste a la trabajadora en el momento en que exista la oportunidad de repercutir sobre la lactancia de las trabajadoras.
En estas situaciones, la excedencia se alargará por el tiempo que dure el cargo que la determina. Esta excedencia no va a dar derecho a sueldo mientras que el excedente no se reincorpore a su puesto. Se reconocen 2 clases de excedencia, voluntaria y forzosa, pero ninguna de ellas va a dar derecho a sueldo mientras que el excedente no se reincorpore a su puesto.
Se formalizará por escrito consignándose con suficiente precisión y claridad la causa y situaciones que lo motive, registrándose en el SEPE. La duración de estos contratos no podrá ser inferior a siete días, ni superior a 12 meses, en un periodo de 18 meses contados desde el momento en que se produzcan las causas contempladas en el producto 15.1.b) del Estatuto de los Trabajadores. Las mismas causas y situaciones consignadas para la realización de estos contratos, en su duración máxima, no podrán ser usadas mucho más de un par de veces continuadas con contratos de esta naturaleza. En todos los supuestos de movilidad funcional deberá garantizarse la información, idoneidad y formación sobre las nuevas funciones y el respeto a la dignidad personal y el avance profesional. En ningún caso van a poder ser compensables y absorbibles ni el complemento de antigüedad ni el resto de las remuneraciones destacables contempladas en el producto 31 del presente Convenio, así como esos complementos y retribuciones expresamente excluidos de la compensación y absorción por mutuo acuerdo entre la empresa y el plantel o su representación legal. Los firmantes van a tratar de promover que todos los trabajadores que presten sus servicios en el campo funcional del presente Convenio, disfruten de las mismas condiciones laborales.
En la empresa en donde haya varios turnos de trabajo, el trabajador o la trabajadora que esté estudiando, tendrá derecho a escoger, de acuerdo mutuo con la compañía, el que mejor se adapte a su horario escolar. Las compañías van a poder detallar, a iniciativa de los representantes de los trabajadores, un sistema de recompensas destacables para premiar los actos y trabajos de carácter increíble y realizados en situaciones singulares. El personal podrá llevar a cabo compras en su empresa, para su empleo directo personal o de sus familiares en primer nivel, con un descuento del 15 % sobre el precio de venta al público.
Capítulo 2 Condiciones Más Buenas Y Organización Del Trabajo
Durante el tiempo de hospitalización de familiar de primer grado o del cónyuge por causa de enfermedad o incidente grave, el trabajador podrá disponer de su licencia en días completos separados. En caso de separación de los días, los laborales de los que disponga no van a poder superar los que le hubiesen correspondido de comenzar la licencia en condiciones normales en el día en el que se causó la hospitalización o el accidente. Aquellos trabajadores, y grupos de trabajadores, que por sus peculiaridades personales, por sus condiciones de mayor exposición a peligros o por otras situaciones tengan mayor puerta de inseguridad al mismo, serán observados de modo particular. Las vacaciones se gozarán durante todo el año, pudiendo fraccionarse su disfrute, con arreglo al calendario fijado anualmente , en un máximo de dos períodos. La dirección podrá excluir del disfrute de las vacaciones aquellas fechas que coincidan con las de mayor actividad productiva.
Las partes firmantes del Convenio manifiestan su voluntad de que el Convenio Colectivo Nacional forme referencia única y eficaz para regular las condiciones laborales básicas del campo. Por ello, se comprometen a no fomentar nuevos convenios colectivos sectoriales que afecten al sector, de ámbito territorial inferior al presente Convenio. Las partes firmantes del Convenio se comprometen a no negociar y a ponerse en contra, en su caso, a la deliberación y consecución de convenios colectivos de trabajo de ámbito territorial igual o menor y que afecten al ámbito personal y funcional de este Convenio, salvo los de empresa, cualquier persona que sea la materia objeto de exactamente los mismos. La empresa notificará a los representantes de los trabajadores de todos y cada uno de los casos de acoso sexual o moral que se produzcan y que concluyan con la imposición de alguna sanción disciplinaria grave o muy grave. El presente convenio deroga el convenio precedente en todo cuanto no esté de manera expresa recogido en ésta norma convencional, salvo lo dispuesto en la predisposición transitoria primera del primer convenio colectivo que se mantiene vigente a los solos efectos de su viable utilización por las empresas que se incorporen por primera vez al convenio colectivo.
El trabajador interino va a tener prioridad para ocupar las vacantes de su conjunto profesional que, al momento de la terminación de su contrato, pudieran existir en la empresa. Al término del tiempo convenido los contratos casuales serán indemnizados con una cantidad equivalente a doce días al año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año. En los casos de violencia de género, constatada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2004, la trabajadora que hubiese de causar baja en la compañía no vendrá obligada a preavisar su baja facultativa. Cuando el contrato que inicialmente se formalice sea indefinido el intérvalo de tiempo de prueba será de seis meses para los conjuntos III y IV y de 4 meses para los conjuntos I y II. Todos los trabajadores que desarrollen trabajos de superior grupo percibirán las retribuciones salariales correspondientes a dicho grupo.
Sin embargo lo anterior, en el caso de hospitalización el complemento alcanzará hasta el 100 por cien del salario conjunto incluido, en su caso, el salario base personal desde el primer día y mientras dure la baja. El carácter laboral se presume al generarse en el ámbito de la organización de la compañía, así como cuando la conducta se pone con relación a las condiciones de empleo, capacitación o promoción en el trabajo. Las evaluaciones de riesgos que realicen las direcciones de las empresas van a ser puestas predisposición del encargado de prevención, que haya sido escogido para tal función entre los miembros del comité de compañía o delegados de personal. De la día anual contratada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, y una vez ahora distribuida, se va a poder disponer del 10% de la jornada sosprechada legalmente. Sin perjuicio de los reposos legalmente establecidos, para proceder a la aplicación de la distribución la empresa deberá preavisar al trabajador con siete días del día y la hora de su realización. La distribución de la ampliación de jornada final de la consolidación se determinará de acuerdo con lo preparado en el artículo 26º si bien el trabajador tendrá derecho a la retribución correspondiente a las horas complementarias consolidadas si bien no se asignen por el empresario.
Capítulo 1 ámbito Y Revisión
Grupo profesional V.–Tareas y/o funcionalidades que se ejecutan según normas concretas, precisamente establecidas, con un procedimiento de trabajo exacto y con un alto grado de dependencia jerárquica y/o funcional, que requieren predominantemente esfuerzo físico y/o atención. No necesitan de una capacitación concreta, si bien ocasionalmente logre ser preciso un periodo breve de adaptación. D) Los trabajadores y trabajadoras autónomos, que realizan los trabajos de reparto, con vehículo propio, y sujetos a una relación mercantil, con las compañías respectivas. Quedan en el campo del presente Convenio todo el plantel que preste servicios por cuenta extraña en las compañías comprendidas en el mismo. Para la distribución de los puestos entre los sindicatos se proseguirán las reglas establecidas en el artículo 71.2 b) del estatuto de los trabajadores, sustituyéndose el término lista por el de sindicato, y el de voto válido por el de integrante del comité o delegado de personal. La enumeración de las faltas que a continuación se señalan se hace sin una intención intensa, con lo que van a poder ser sancionadas por las direcciones de las compañías cualquier infracción de la normativa laboral vigente o incumplimiento contractual, aún en el caso de no estar tipificadas en el presente convenio.
Capítulo 11 De Los Derechos Sindicales De Representación
L) Los métodos utilizados para la descripción de concretes profesionales y cargos laborales, el lenguaje y contenido de las ofertas de empleo y de los elabora-rios de solicitud para participar en procesos de selección, capacitación y promoción. Discriminación.—También, el Socorrer de Caja y el Ayudante de vendedor, al cumplir un par de años de antigüedad, pasarán a formar parte a la especialidad o puesto de trabajo instantaneamente superior, cajero y ligado vendedor especializado respectivamente, esto es, reconociéndoseles la novedosa especialidad o puesto de trabajo desde ese momento a todos y cada uno de los efectos legales. C)Una actuación por la que un superior aísla a un trabajador sometiéndole a la anulación de su capacidad profesional y al deterioro psicológico, sin que existan causas profesionales objetivas. El hostigado acaba cayendo en un estado depresivo que, en la mayoría de las situaciones, le conduce a distintas patologías.