Convenio Colectivo De Empresas De Ingeniería Y Oficinas De Estudios Técnicos

Estas acciones serán acumulables. Contra la negativa de la empresa, y previo informe del comité o, en su caso, de los encargados y encargadas de personal, la persona trabajadora podrá reclamar ante la jurisdicción social. A través de la negociación colectiva en cada empresa se podrán detallar períodos distintos de los expresados en este artículo a efectos de reclamar la cobertura de vacantes.

La prescripción de las faltas se producirá según lo establecido en el artículo 60.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. B) La tramitación del expediente, si no resulta necesario dar pruebas de cualquier clase que sean de lugares distintos a la ciudad que se incoe, se acabará en un plazo no superior a veinte días. De lo contrario, se efectuará con la máxima diligencia, una vez incorporadas las pruebas al expediente. Faltar al trabajo mucho más de un par de días por mes sin causa justificada.

En cualquier caso, la persona trabajadora y la compañía se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe. Las empresas que dediquen costos a formación podrán disponer de un comité de capacitación, del que formarán parte, al menos, 2 representantes designados por el Comité de Empresa o Delegados o Delegadas de Personal, sin que sea necesario que semejantes representantes sean vocales de tal Comité de Empresa o Delegados o Encargadas de Personal. La misión de ese Comité será la de asesorar y asegurar una visión global del grupo de la formación dentro de la empresa, facilitando más que nada la adaptación de las personas trabajadoras a los cambios tecnológicos.

F) Para efectuar funcionalidades sindicales o de representación del personal en los términos establecidos en la Ley y en el presente Convenio. Que esté señalada como día intensiva o continua, en los calendarios laborales de cada centro de trabajo. En las empresas en que se realice jornada continuada, las condiciones de temporada mucho más ventajosa se sostendrán así como hoy en día se efectúan en cada compañía. Las empresas que tengan establecida día intensiva durante el verano no van a poder rebasar las 36 horas por semana a lo largo del periodo en que la tengan implantada. La movilidad servible en la empresa se efectuará según las titulaciones académicas o expertos exactas para ejercer la prestación laboral y con respeto a la dignidad de la persona trabajadora.

Compañías De Ingenieria Y Oficinas De Estudios Técnicos (

En el caso de solicitarse la revisión del Convenio, la parte que formule su demanda va a deber simultáneamente enseñar comunicación de la promoción de la negociación con propuesta específica sobre los puntos, el contenido mínimo que comprenda la revisión pedida y requisitos establecidos en el artículo 89.1 del Estatuto de los Trabajadores. Caso de incumplimiento, se va a tener por no hecha la denuncia. De esta comunicación y de la iniciativa se mandará copia, a efectos de registro, a la Dirección General de Empleo.

convenio colectivo de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos

Se difiere el incremento del importe vigente de la citada locomoción al momento en que entre en vigor la novedosa cuantía en que se revise el límite de exención fiscal, estableciéndose, a partir de entonces, la locomoción en exactamente el mismo importe que se fije como exento fiscalmente. Se mantendrán las cantidades superiores que, como locomoción, viniesen abonando las empresas. Las compañías que vinieran abonando mayor número de pagas al año que las establecidas en el apartado 1 del presente artículo, van a poder proseguir manteniendo el número de ellas. Los importes anuales recogidos en las tablas salariales habrán de distribuirse en doce mensualidades naturales, mucho más una paga extraordinaria en el mes de julio y otra en Navidad, de acuerdo con lo establecido en el producto 33. Las empresas perjudicadas por este Convenio, desde el quinto día de la pertinente baja, inclusive, en anomalías de la salud de sobra de 30 días de duración, complementarán las posibilidades económicas de la Seguridad Social de la incapacidad temporal por patología o accidente de trabajo hasta el 100 por 100 del salario durante un período máximo de 12 meses a partir de la baja.

Asamblea De Delegados Y Encargadas + Concentración En Defensa Del Convenio De Ingenierías

En las compañías obligadas por el presente Convenio, se va a poder negociar la acumulación de un porcentaje de las horas previstas en el artículo 68 TRLET en alguno o varios de los representantes de los trabajadores. Y también) Ejercer una labor de vigilancia sobre la calidad de la docencia y la eficiencia de la misma en los centros de formación y capacitación que, en su caso, tuviese la compañía. En esta materia las partes se someten expresamente a las normas contenidas en la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

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No se considerará injustificada la falta al trabajo que derive de la detención de la persona trabajadora, mientras no se trate de sanción estable impuesta por la autoridad competente y siempre que el hecho de la detención haya sido puesto en conocimiento de la Dirección de la empresa antes de pasados cuatro días hábiles de sepa al trabajo. En todo caso, la compañía no va a venir obligada a abonar los sueldos correspondientes a los días de ausencia al trabajo por causa de detención. En estos casos, el número de personas trabajadoras indicado no podrá formar parte a un mismo departamento de la compañía. Las compañías que tuvieran establecidas condiciones mucho más favorables van a poder aplicar lo establecido en el artículo 7 del presente Convenio. Las personas trabajadoras al servicio de la compañía disfrutarán de 23 días laborables de vacaciones anuales retribuidas. Que la gente trabajadoras no dentro en el punto previo van a tener derecho a que se les compense el gasto de comida que justifiquen y realicen en sitios de comidas y establecimientos de hostelería, con un máximo de 10 euros/día.

11. Estas condiciones asimismo serán absorbibles, hasta donde alcancen y en balance anual, por los incrementos que en el futuro tengan la posibilidad de establecerse en razón de preceptos legales, convenios colectivos o contratos particulares de trabajo, con la única salvedad de aquellos conceptos que de manera expresa fuesen excluidos de absorción en el texto del presente convenio. Todas las condiciones económicas que se establecen en el presente convenio, sean o no de naturaleza salarial, son compensables en su conjunto y balance de forma anual con las novedades de cualquier clase que viniesen anteriormente satisfaciendo las compañías, bien sea por imperativo legal, convenio colectivo, laudo, contrato individual, empleo o costumbre, concesión facultativa de las empresas o por cualquiera otras causas. La Comisión Mezclada sosprechada en el párrafo anterior concluirá sus trabajos en materia de clasificación profesional en el plazo de un año desde su constitución.

Comisión paritaria sectorial de formación y clasificación profesional a nivel de campo. B) Sin rebasar el máximo legal, podrán ser consumidas las horas retribuidas de que disponen los integrantes de comités de empresa o encargados y encargadas de personal, a fin de prever la asistencia de los mismos a cursos de formación organizados por sus sindicatos, institutos de capacitación u otras entidades. La persona trabajadora en excedencia facultativa mantiene solo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiese o se produjeran en la empresa. A lo largo del periodo de excedencia, la persona trabajadora no podrá prestar sus servicios, por cuenta propia o ajena, para otras compañías cuyas actividades primordiales estén recogidas en el artículo 1 del presente Convenio, ni para empresas que estén aplicando el presente Convenio.

La indemnización convenida en el apartado 1 previo, tendrá en todo caso la consideración de percepción a cuenta de cualquiera proporciones que tengan la posibilidad de ser reconocidas a la persona trabajadora a consecuencia de responsabilidades económicas que se imputen a la compañía por incidente, siendo, por tanto, deducible de aquéllas. Además de lo establecido en la Ley de la Seguridad Popular sobre indemnizaciones, se respetarán las condiciones más buenas que, en virtud de costumbre o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas. Alternativamente, dicho permiso va a ser fraccionable en dos periodos máximos de quince días naturales, uno en todos y cada semestre del año.

Las empresas van a dar conocimiento anualmente a la representación legal de los trabajadores, de los costes aplicados a la formación a lo largo del ejercicio económico. Va a ser suficiente para el ascenso o promoción de las personas trabajadoras la aptitud de estas, o sea, la asamblea de aptitudes mínimas para la ocupación de los distintos cargos laborales, y la dirección de la compañía valorará, a estos efectos, la asistencia de la gente trabajadoras, con aprovechamiento, a cursos de capacitación que, a juicio de la compañía, estén relacionados con el puesto a ocupar. El Comité pensado en este artículo, se reunirá dos veces al año, por lo menos, con objeto de realizar una evaluación de la evolución del empleo en el sector obligado por el ámbito servible de este Convenio y en función de los datos que las partes puedan dar a las asambleas que se celebren a tal fin. El Comité Paritario va a quedar integrado por 4 representantes titulares y dos suplentes de todas ámbas partes signatarias del Convenio, siendo los designados por la representación sindical y los designados por la representación empresarial, los que se reflejan en el Anexo II.

Prevención de riesgos laborales. Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Delegados y Delegadas de prevención. Artículo 18. Contratos de duración determinada del artículo 15.1.b) y a) del artículo refundido de la Ley del ET.

En armonía con los principios reconocidos en los precedentes parágrafos, la contratación laboral en el sector que lleven a cabo las empresas afectadas por el presente Convenio, va a deber respetar y ajustarse a tales principios, que las partes firmantes piensan básicos. El contrato de duración cierta establecido en el producto 15.1.a) del TRLET va a deber contener para su validez la especificación o identificación suficiente, con precisión y claridad del servicio o proyecto que forme su objeto. De lo contrario, se entenderá que el contrato se ha suscrito por tiempo indefinido.