Convenio Colectivo Discapacidad 2018

Artículo 88. Sistema de clasificación profesional. En el anexo II se establece la tabla de conversión de la previo clasificación profesional a la que se establece en este Convenio. Se imputará a cargo de las 25 horas de formación establecidas en el artículo 62 del presente Convenio. G) Este crédito va a ser independiente del que sea correcto al trabajador si este fuera asimismo gerente legal de los trabajadores. C) El designado para acompañar a los profesionales en las evaluaciones de carácter precautorio.

En el momento en que la empresa realice tutoriales de perfeccionamiento y el trabajador/a participe en los mismos, los gastos de matrícula, desplazamientos y residencia, van a ser por cuenta de aquella. 1.3 Solicitud a la comisión general de capacitación continua de aquellos tutoriales que se entienda deban ser financiados por ella. Las horas de este permiso podrán acumularse a 20 días naturales continuados para contratos a tiempo completo.

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Los pactos de la Comisión Igualitaria de rastreo e interpretación del Convenio tendrán el mismo valor que el artículo de éste. En cualquier caso, los afectados (compañía/trabajadores) por la resolución van a poder recurrir ante la jurisdicción competente en defensa de sus intereses. La organización de trabajos y ocupaciones pretende avanzar en la implantación de criterios de calidad y buena práctica, rigurosos en el desempeño, ordenación y actuación de los centros y compañías incluidos en este Convenio. El presente Convenio tiene un campo temporal del 1 de enero de 2019 hasta 31 de diciembre de 2021. La entrada en vigor del mismo será al día después de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

F) Cualquier otro propósito que beneficie profesionalmente tanto al propio trabajador/a como a la dinámica de la empresa. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí solo, y que no desempeñe actividad remunerada. F) Siete días por fallecimiento de hijo o cónyuge; tres días por fallecimiento de progenitores o hermanos y un par de días por fallecimiento de familiares hasta el segundo nivel. En el momento en que la persona usada necesite realizar un desplazamiento superior a 250 km fuera de la ciudad del centro de trabajo, el permiso se ampliará 2 días naturales.

A los efectos de las ausencias justificadas reguladas en el presente artículo, toda referencia hecha al vínculo matrimonial se comprenderá́ igualmente llevada a cabo a la gente trabajadoras que estén unidos por una relación de afectividad equivalente a la conyugal siempre y cuando constituyan una pareja de hecho adecuadamente anotada en el registro competente que determine la legislación aplicable al respecto. La empresa va a poder tener hasta un diez % de horas cada un año a repartir de manera irregular y que van a tener los efectos de horas ordinarias de trabajo. En la situacion de los centros académicos será de un 5 % del total anual de la día. En el momento en que se genere un incremento del Salario Mínimo Interprofesional que situé éste por encima de los 900 euros/mes (12.600 €/año) referido a la día legal de trabajo, la Comisión Negociadora se reunirá, en el plazo no mayor a un mes desde la publicación en el BOE, para realizar los cambios que sean precisos en las tablas salariales.

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En esos artículos para los que se acuerde otra vigencia se expresará la fecha de entrada en vigor en el mismo. El presente Convenio colectivo se aplicará con carácter supletorio y complementario a los Convenios colectivos vigentes de empresa o grupos de empresa o compañías vinculadas. Los Convenios colectivos de campo autonómico, o en su defecto provincial, podrán además reservar para sí materias no discutibles en el campo de la compañía o de conjunto de empresas, de entre aquellas no reservadas para este XV Convenio colectivo general, en los términos en que legalmente se encuentren habilitados. El XV Convenio colectivo general va a ser de aplicación a los Convenios colectivos sectoriales de ámbito geográfico o funcional inferior (red social autónoma o provinciales) incluidos en exactamente el mismo campo funcional que el Convenio colectivo general o vinculados por una parte del ámbito funcional o que forman parte de un ámbito servible mucho más amplio al del XV Convenio colectivo general. Centros y servicios de ocio y momento de libertad inclusivo para personas con discapacidad. Centros y servicios de respiro familiar para personas con discapacidad.

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Debido a las particulares especificaciones del campo de la educación especial, a lo largo de los recreos el profesorado estará predisposición del empresario/a para efectuar la debida atención de los estudiantes y alumnas a lo largo de los mismos. Por este motivo, el tiempo del recreo para el plantel enseñante que lo esté atendiendo, va a ser considerado como de actividad laborable. El plantel docente de los centros académicos tendrá una jornada laboral máxima de forma anual de 1.250 horas de tiempo de trabajo efectivo, de las que se dedicarán a actividades lectivas un máximo de 850 horas, dedicándose el resto a actividades no laborables. Artículo 99. Movilidad funcional y geográfica, modificación, suspensión y extinción del contrato de personas con discapacidad con relación laboral de carácter particular en centro especial de empleo.

G) Organización y control general de visitas a las compañías con plantillas entre 6 y 50 trabajadores que carezcan de representación de los trabajadores y trabajadoras. Las actuaciones o tareas a desarrollar no deben entorpecer en las de los servicios de prevención o de otras entidades precautorias que presten apoyo a las compañías. La inaplicación requiere que exista acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un Convenio colectivo de conformidad con lo pensado en el artículo 87.1, tal como comunicación a la Comisión Igualitaria en el plazo de 15 días desde la constitución de la comisión negociadora. Dichos pactos deberán ser mandados a la comisión paritaria del Convenio, la cual, procederá a depositarlos frente al organismo competente para su posterior publicación en el «Folleto Oficial del Estado», siempre y cuando se constate que el acuerdo trae las firmas de las organizaciones patronales y sindicales con derecho a suscribir el mismo.

Los complementos retributivos variables de carácter autonómico o del campo de la compañía que se acuerden entre las partes legitimadas se remitirán a la comisión paritaria de este Convenio colectivo. La cuantía de este complemento será de 100 euros caso de que las tareas de coordinación no abarquen la jornada completa del trabajador quedando liberado de las tareas para las que fue contratado una parte de la jornada inferior al 50 % de exactamente la misma. En caso de que las tareas de coordinación se desarrollen a lo largo de toda la jornada de trabajo, quedando el trabajador liberado de las tareas para las que fue contratado, ascenderá la cuantía del complemento a 175 euros. En los dos casos el complemento se percibirá en todos y cada mensualidad ordinaria del año.

Jornada de trabajo del personal docente. Para la gente trabajadoras en régimen de turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador o trabajadora va a poder estar en el de noche mucho más de dos semanas sucesivas, salvo adscripción facultativa. D) Desarrollo de posibles medidas de intervención o seguimiento social agarradas en el desarrollo de inserción del trabajador o trabajadora, realización que compete a la compañía. B) Adquisición de cualificación precisa para un conveniente desarrollo del trabajo o puesto objeto del contrato. El sistema de clasificación profesional se regirá por lo sosprechado en el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores en todo lo no sosprechado en este Convenio colectivo.

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Se garantizará el derecho que la gente trabajadoras del centro tienen a reunirse en exactamente el mismo centro, siempre y cuando no se perturbe el desarrollo habitual de las actividades del mismo y, en todo caso, según la legislación vigente. La empresa y la representación de la gente trabajadoras reconocen como derecho derivado de la relación laboral, el de la formación y promoción en el trabajo, salvando en todo caso las necesidades de organización y buen desempeño de la empresa. Estos derechos se ejercitarán conforme a lo pensado en el artículo 37.8 del Estatuto de los Trabajadores. La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute de la reducción de jornada sosprechada en el artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria, teniendo derecho a acumular la reducción de día prevista en jornadas terminadas, atendiendo al balance anual de su día. El período en que el trabajador o trabajadora continúe en situación de excedencia será computable a efectos de antigüedad y el trabajador o trabajadora va a tener derecho a la asistencia a tutoriales de formación profesional, a cuya participación habrá de ser convocado por el empresario o empresaria, singularmente con ocasión de su reincorporación.

Con carácter inusual, por fundamentos de conciliación de vida laboral y familiar, patología o finalización de estudios oficiales, se podrá dividir este permiso o pedir hasta 2 más, siempre y cuando no se exceda la duración máxima de noventa días. Su concesión va a quedar supeditada en todo caso a la compatibilidad con la organización y funcionamiento de la compañía, quien podrá denegarlo por razones organizativas y productivas. El período preferente para el disfrute de las vacaciones va a ser el comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, ambos inclusive, de de año en año. Sin embargo, el plantel que lo pida, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá tomar sus vacaciones en los sobrantes días del año. En los presuntos en los que las horas de jornada irregular no estuviesen contemplada en el calendario laboral dicho ajuste deberá efectuarse en el año natural.

Para el resto de comunidades autónomas, los salarios establecidos en el anexo V los que sucesivamente se vayan aprobando desde este instante para de año en año en función de las que corresponden leyes de Capitales Generales del Estado, van a ser las tablas salariales de referencia que van a ser de aplicación en cada red social autónoma una vez culmine su proceso de adecuación salarial al que tiene relación esta disposición transitoria. Su sede se establece en el hogar social de la comisión igualitaria del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad. El derecho a percibir la paga excepcional de antigüedad en la compañía o, en su caso el premio de jubilación, establecidos en los números anteriores del presente artículo, quedara condicionado a que se garantice su percepción con deber fehaciente de la administración educativa pertinente. El personal de los centros académicos tendrá derecho a un complemento de antigüedad consistente en el valor de un trienio por cada período de tres años de servicios efectivos prestados en la compañía. El importe de cada nuevo trienio se hará efectivo en la nómina del mes de su vencimiento. Las compañías y la gente trabajadoras van a poder detallar un calendario interno de vacaciones en el que podrán agrandar la duración de las mismas, así como fiestas laborales y permisos particulares, salvando la adecuada atención de los servicios que deban marchar.

En el caso de discrepancias entre las partes durante el periodo de tiempo de consultas se va a estar a lo preparado en el producto 82 de Estatuto de los Trabajadores. En todo caso, el acuerdo resultante por el que se pacte el descuelgue, tendrá eficacia personal general y eficacia jurídica normativa en el seno de la empresa en que se haya adoptado. • Asegurar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres.