Convenio Colectivo General De Trabajo Para La Industria Textil Y De La Confección

En el supuesto de que el índice colectivo de absentismo alcance o pase el 8 por cien conforme a lo dispuesto en el artículo 61, de la parte general, se abonará, a título individual, el 4,4 por 100 pensado en el expresado artículo, a la gente cuyo índice de ausencias al trabajo no rebase el 3 por cien en su balance personal por mes. A estos efectos no se computarán como ausencias los permisos retribuidos previstos en los apartados a), b), c), g), h), y k) del artículo 44 de la parte general y las que tengan como causa accidente de trabajo o enfermedad común, siempre que, en ambos casos, se produzca hospitalización o intervención quirúrgica. Estos porcentajes se verificarán con la periodicidad prevista en el artículo 57 del convenio.

I, III, VI, VII, VIII, IX, X. Las gratificaciones poco comúnes reglamentarias y la antigüedad cuya cuantía, en el momento de entrada en vigor del Convenio, sea mayor a la que se acuerda. III, IV, V, VI, VII, VIII, IX. Las gratificaciones poco comúnes no reglamentarias pactadas en Convenios van a quedar congeladas en la cuantía líquida abonada en 1983. IX Las condiciones especiales referentes a accidentes, enfermedad y maternidad superiores a las pactadas, consideradas con carácter personal en cantidad líquida.

Servicios

Recopilar información estadística anónima, como qué páginas ha visitado la persona usuaria o cuánto tiempo ha permanecido en el sitio web. En el caso de fallecimiento, la compañía abonará al cónyuge, hijos/as o familiares a su cargo, el importe de un mes de salario. Exactamente el mismo método se va a aplicar respecto de la gente solteras con familiares a su cargo.

Salario bárbaro anual garantizado. La reducción de la jornada laboral con disminución proporcional del salario. Forma acoso por orientación sexual, identidad y/o expresión de género esos hábitos que tengan el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad y hacer un ambiente laboral intimidatorio, degradante u ofensivo liderados contra un individuo por su orientación sexual (por su identidad y expresión de género).

Agencia Estatal Folleto Oficial Del Estado

El agregado de carencia de atractivo se va a percibir por cada día laborable y no repercutirá en ningún otro concepto retributivo, con salvedad de vacaciones. Este plus se va a percibir exclusivamente en los casos en que no esté establecido ningún estímulo de atractivo para actividad medida o destajo o prima. De los 4 conceptos retributivos que figuran, el Salario Base se percibirá para todos los días del año, incluidas gratificaciones extraordinarias y servirá de base para el cálculo de todos y cada uno de los conceptos retributivos, incluidos los incentivos. Se estará a lo dispuesto en la parte General del Convenio para ocupaciones Textiles, excepto en el momento en que existan máquinas que trabajen a tres turnos en las que el momento de noche efectuará una día de treinta y cinco horas reales de trabajo y treinta y seis y cuarto de presencia por semana. En este supuesto no se considerarán horas laborales por mes las que corresponden a los permisos concedidos en empleo de los párrafos a), b), c), g), h) y k) del producto 44 del Convenio. F) Se aplica asimismo a las empresas o partes de ellas que incluyan las susodichas actividades en su ciclo de fabricación.

Responsable capacitación. Jefe/Jefe sección, delegación o región. Encargado/encargada sección cuidado. Responsable oficina técnica. Jefe/Jefe de calidad. Diseñador/Diseñadora.

convenio colectivo general de trabajo para la industria textil y de la confección

31,69 7,15 C Ofic.Especialistas/as B. 31,38 7,08 D Ayte. Técnico/Técnica. 31,12 6,99 E Encargado/Encargada. 35,87 7,95 E Tint/colorista/Jefe/Jefa Lab. 36,30 8,00 F Jefe/Jefe producción.

Normativa Empresarial

El tiempo de asistencia a la misma, caso de realizarse en la jornada laboral, será remunerado a razón de sus sueldos Convenio, excepto plus de carencia de incentivo, primas, destajos o incentivos, viniendo los mismos obligados a justificar a la Empresa la asistencia a esa Escuela de Capacitación Profesional. Si al cesar un contrato eventual no se hubiese rebasado el periodo de tiempo de 3 meses de trabajo, se le indemnizará con el diez% de la retribución percibida a lo largo de la vigencia del contrato y con el 7% de dichas percepciones en el momento en que el tiempo ocupado sea mayor a los indicados 3 meses, sin rebasar los siete. El pago del importe del 4’4% se va a hacer efectivo por mensualidades vencidas excepto la parte correspondiente a las gratificaciones poco comúnes reglamentarias que se abonará semestralmente en proporción a la cuantía de exactamente las mismas y a los meses que se haya devengado dicho Plus de No Absentismo.

Artículo 79. Representación de los trabajadores y trabajadoras. Se facilitará información a la RLPT simultánea al inicio de cualquier procedimiento concursal. Por la parte de la dirección de la compañía, conjuntamente con la RLPT, se establecerán los procedimientos para la verificación de las aclaraciones, en el momento en que ello se estime preciso. Las inversiones realizadas en el año previo (o en el año terminado), así como el origen y naturaleza de la financiación a tales efectos, privada o pública.

Conjunto profesional Categoría profesional Salario día Atractivo euro A Aux. Adminis. 29,87 6,69 B Of. 2.ª Adminis. 31,38 7,08 C Op. Informática.

Artículo 96. De las acciones formativas en la compañía. La empresa va a poner predisposición de los trabajadores del puesto y de los encargados de prevención las fichas técnicas de los artículos que se usen. Con relación a la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, se estará a lo dispuesto en el producto 37.3.f) del Estatuto de los Trabajadores. Adaptar el trabajo a la persona, de manera especial en lo relativo a la concepción ergonómica de los puestos de trabajo, y de organización del mismo.

Convenio Colectivo General De Trabajo Para La Industria Textil Y De La Confección 2021-2023

Si al terminar todos los años naturales de vigencia del convenio el IPC pertinente a dicho año supera el porcentaje de aumento pactado, se revisarán las tablas salariales de los diferentes anexos con el porcentaje de dicha superación, que en ningún caso va a poder ser superior al 0,5%, tasa máxima a utilizar en la revisión. La revisión salarial va a tener carácter retroactivo desde el 1 de julio, para el 2021 y desde el 1 de enero de los años 2022 y 2023. La concreción horaria y la determinación de los permisos y reducciones de día, previstos en los apartados 4, 5 y 6, corresponderán a la persona trabajadora dentro de su jornada ordinaria. No obstante, los convenios colectivos van a poder entablar criterios para la concreción horaria de la reducción de día a que se refiere el apartado 6, en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la persona trabajadora y las pretensiones productivas y organizativas de las compañías. La persona trabajadora, salvo fuerza mayor, va a deber preavisar al empresario con una antelación de quince días o la que se determine en el convenio colectivo aplicable, precisando la fecha en que iniciará y concluirá el permiso de cuidado del lactante o la reducción de día. El régimen de la información facilitada estará sometido a los principios y garantías previstos en la normativa aplicable en temas de protección de datos.