Ii Convenio Colectivo Del Personal Laboral De Las Universidades Públicas De Castilla Y León

A quienes desempeñen puestos que figuren como singularizados en la R.P.T., en tanto desempeñen los convocados puestos, no les serán de aplicación obligatoria los preceptos relativos a selección, jornada y retribuciones. En ningún caso el número de puestos singularizados en cada una de las Universidades firmantes de este Convenio superará el 2% de la plantilla. No obstante, se garantiza que en cada Facultad va a poder existir un mínimo de 4 puestos de estas peculiaridades.

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Ii Convenio Colectivo Del Personal Laboral De Administración Y Sercivios De Las Universidades Públicas De Castilla Y León

El programa que ha de regir en los ejercicios de la fase de oposición es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. Se respetarán, manteniéndose estrictamente \’ad personam\’, las condiciones particulares que, con carácter global y en balance anual, superen del conjunto de novedades del presente Convenio y vengan derivadas de norma preexistente estatal o convenida colectivamente. El presente Convenio va a entrar en vigor al día siguiente de su publicación en el \’Boletín Oficial de Castilla y León\’ y mantendrá su vigencia hasta el treinta y uno de diciembre del año 2 mil ocho, sin perjuicio de que sus efectos económicos se reconozcan en los términos que se recogen el en anexo de remuneraciones.

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“Las 4 universidades pretendemos que este compromiso pueda incluirse en el III Convenio Colectivo del PDI Laboral que se encuentra en etapa de negociación con los representantes del profesorado, negociación bloqueada por carecer de financiación en este capítulo”, han añadido. Los suscriptores tienen la posibilidad de acceder a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. Como opción alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la labor de localizar que caso tienes mucho más importancia en tu búsqueda. Al mismo tiempo asimismo tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso. Merced a una avanzada Inteligencia Artificial creada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, introduciendo traducción instantánea a 14 idiomas para asegurar el ingreso a la información y la capacidad de llevar a cabo buscas comparativas. Regístrate para una prueba y explotar al límite nuestro servicio, incluidos estos provecho.

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Cualquier propuesta final de aprobados que contravenga lo establecido en este punto va a ser nula de pleno derecho. 4.4 Los derechos de examen van a ser reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos finalmente de la realización de las pruebas selectivas; único supuesto en el que procede la devolución. 1.3.1 Las especificaciones del puesto son las que tienen asignadas de acuerdo con la Relación de Puestos. Las funcionalidades que, con carácter general, corresponden al Conjunto y Categoría profesional en que se encuadra el puesto de trabajo convocado, son las que aparecen en el anexo I del presente convenio colectivo.

5.4 Previa convocatoria del Presidente/a, se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente/a y del Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, cuando menos, de sus integrantes. En esta sesión, los miembros del Tribunal deberán subscribir declaración de no hallarse incursos en causas de abstención. La resolución se publicará en el «Folleto Oficial de Castilla y León» y en los tablones de avisos de Rectorado (Avenida de la Capacitad, 25, León) y Campus de Ponferrada y a través de la página web de la universidad, de acuerdo se indica en la base 10. D) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de terrorismo va a deber acreditarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada ley.

Si es formación de más de 20 años, se aplicará un coeficiente reductor de 0.5 sobre la puntuación anteriormente señalada. La fase de certamen no va a tener carácter eliminatorio, representará el 40 % de la puntuación del desarrollo selectivo y los puntos obtenidos en ella no podrán aplicarse para sobrepasar los ejercicios de la fase de oposición. El presente Convenio se prorrogará de año en año a partir del 31 de diciembre del año 2008, si no mediara denuncia expresa del mismo por alguno de las partes firmantes con una antelación mínima de tres meses al término de su vigencia o a la de alguno de sus prórrogas. A partir del año 2009, en caso de prórroga, se van a negociar las condiciones económicas y retributivas, con eficiencia para el año natural pertinente.

El número de solicitantes que superen el desarrollo selectivo no va a poder ser superior al de plazas convocadas agarradas en el apartado 1.1, siendo de app lo sosprechado en la base 5.12. 4.3 En la resolución que eleve a definitivas las listas de aceptados y excluidos figurará la fecha y rincón de celebración del primer ejercicio. Esa resolución va a poner fin a la vía administrativa y contra ella van a poder los aspirantes terminantemente excluidos interponer recurso contencioso administrativo en el período de un par de meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Folleto Oficial de Castilla y León». Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la universidad, en el período de un mes, contado desde el día después al de la publicación de la resolución.

A) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de ciertos solicitantes que han superado el desarrollo selectivo antes de su nombramiento. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos un individuo, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con las pruebas selectivas. En tal sesión, el Tribunal acordará todas y cada una de las resoluciones que le corresponda en orden al correcto desarrollo de estas pruebas selectivas.

Primero: Campo De App Y Objeto

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas van a deber llevarlo a cabo constar en el modelo de instancia que se adjunta como anexo I. Los solicitantes con titulaciones conseguidas en el extranjero van a deber acreditar que están en posesión de la pertinente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. En ella se valorarán los méritos indicados en el anexo IV, referidos al último día del período de presentación de peticiones. El almacenamiento o acceso técnico que es usado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por la parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros auxiliares de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito es imposible utilizar para identificarlo.

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Se valorarán los méritos indicados en el anexo IV, referidos al último día del período de presentación de peticiones. La fase de oposición constará de 2 ejercicios, los dos obligatorios y eliminatorios, siendo su puntuación total la suma de las puntuaciones conseguidas en cada uno de los ejercicios, por los solicitantes que los superen. El Tribunal está facultado para resolver las inquietudes que se muestren, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las bases, de esta manera como para su interpretación. F) Quienes hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía deberá enseñar certificación de los órganos eficientes en la que se acredite tal condición. Del mismo modo van a deber enseñar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria, acreditativa de la compatibilidad de la minusvalía con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

Anexo 1º) De Los Delegados De Personal, Comités De Empresa Y Juntas De Personal

Corresponde al Tribunal Calificador la determinación de su contenido, tiempo máximo para su realización, criterios de corrección, así como la fijación del número de puntos mínimos, para sobrepasar este ejercicio. Para ello se va a tener en cuenta la contrariedad del ejercicio propuesto, la aptitud para utilizar los entendimientos a las cuestiones teóricas o situaciones prácticas que se planteen y el nivel de conocimiento alcanzado con referencia al nivel siempre exigible para el acceso al Grupo de referencia. 11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en este concurso-oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su avance y a las resoluciones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de los elementos pertinentes. Pasado el periodo de prueba, si fué superado eficazmente, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador en la compañía. Si se generaran las situaciones destacadas en el parágrafo previo, que van a deber acreditarse a través de certificación de la autoridad sanitaria, y los aspirantes damnificados de este modo lo reclamasen, el tribunal calificador deberá fijar otra fecha para la realización de la prueba selectiva a la que no lograron concurrir los aspirantes reclamantes. 5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que sea preciso, de forma que los solicitantes con minusvalías disfruten de afines condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los competidores.

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Este certificado va a haber de ser expedido por el facultativo de medicina general del INSALUD que corresponda al interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Popular, será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u organismos correspondientes de las comunidades autónomas. 6.6 El trámite selectivo va a deber resolverse en el período máximo de ocho meses, contados desde la publicación de la resolución que eleve a terminantes las listas provisionales de aspirantes aceptados y excluidos. Los solicitantes podrán comprender desechadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo predeterminado sin que caiga resolución expresa. 4.2 Los solicitantes excluidos dispondrán de un período de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para poder subsanar el defecto que haya animado la exclusión u omisión de las listas. Quienes en ese plazo no subsanen la exclusión, ni aleguen la omisión, justificando su derecho a ser declarados admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.