Los integrantes del Comité de Compañía y representantes de los sindicatos que intervengan en la negociación del Convenio Colectivo, van a estar liberados durante el transcurso de esa negociación. 3.- Los Comités de Empresa van a poder pactar la acumulación de todas o parte de las horas sindicales de sus integrantes en uno o múltiples de ellos. En el momento en que la acumulación de horas sindicales de uno o varios miembros del Comité, sin rebasar el máximo total, suponga, de hecho, la liberación de esos representantes, será necesaria la comunicación anterior a la Gerencia de la Universidad. Si la acumulación responde a necesidades imprevisibles que imposibiliten la comunicación anterior y no suponga la liberación del representante, aquella se producirá a través de escrito firmado por los representantes cedentes justo después de efectuarse la cesión. 2.- Realización de Reuniones en las Universidades anterior comunicación a las Gerencias en un período de 40 y ocho horas, para las que dispondrán de 40 horas cada un año en el horario de trabajo.
Los trabajadores o trabajadoras van a tener para sí, su cónyuge y también hijos a su cargo, derecho al empleo de las instalaciones deportivas de la Universidad, en las mismas condiciones que las establecidas para el resto del personal de la Universidad. C) Las diferencias resultantes entre la cuantía de complementos que le sea correcto percibir a consecuencia de resolución judicial y los complementos que deba percibir según el presente Convenio Colectivo en la categoría profesional que ocupe. A lo largo del embarazo de la mujer trabajadora, en el momento en que permanezca peligro para la salud de la madre o del feto y previa prescripción facultativa o acuerdo del comité de Salud Laboral, se le podrá conceder provisionalmente un nuevo puesto de trabajo, con pleno respeto de sus derechos económicos, debiéndose integrar al puesto originario una vez desaparezca tal peligro.
Aquel aspirante que no se incorpore al puesto de trabajo en la fecha acordada, se entenderá que ha realizado la renuncia a la plaza obtenida. Es el trabajador o trabajadora que con conocimientos técnicos y prácticos suficientes desempeña funcionalidades administrativas de tramitación y iniciativa. Asumiendo en su caso la dirección del trabajo de otros usados administrativos a su cargo.
Iv Convenio Colectivo Del Personal Laboral De Las Universidades Públicas De Andalucía
C) Tener cumplidos los dieciséis años y no sobrepasar en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa. A) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Usado Público. 4.4 La resolución por la que se declara aprobada la lista determinante de personas aceptadas y excluidas agotará la vía administrativa. Las alertas que deban realizarse personalmente a la gente con intereses se practicarán, preferentemente, por medio de la dirección de mail señalada en la solicitud.
Se respetarán, manteniéndose rigurosamente “ad personam” y con carácter de no absorbibles, las condiciones particulares que globalmente y en cómputo anual superen del grupo de mejoras del presente Convenio y vengan derivadas de normas que ya existían y/o convenidas colectivamente. El presente Convenio Colectivo tiene como objeto entablar y regular las relaciones laborales entre las Universidades Públicas de Andalucía y el Personal Laboral de Administración y Servicios de exactamente las mismas. C) Todas y cada una de las plazas vacantes que la Gerencia acuerde, previa negociación con el Comité de Compañía. D) La experiencia profesional va a tener una opinión del 35% en la fase de oposición.
Iii Convenio Del Personal Laboral De Las Universidades
Se va a deber adjuntar a la solicitud copia de la resolución del reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33 por cien emitido por el órgano competente de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación u órganos similares de otras Gestiones Públicas. Los requisitos demandados en las bases de esta convocatoria deberán, sin embargo, ser acreditados fehacientemente en el plazo de aportación de documentos previo a la formalización de los contratos, siendo excluidas de lo contrario de la relación definitiva de personas aprobadas. La experiencia laboral semejante se acreditará documentalmente y se referirá a actividad prestada a través de contrato laboral en una categoría o área profesional en la que se encuadra la plaza solicitada, durante, al menos, 6 meses para las plazas integradas en el Grupo IV.
Esos plazos van a quedar interrumpidos por cualquier acto propio del expediente instruido, en su caso, siempre y cuando la duración del expediente, en conjunto no supere el plazo de seis meses sin mediar culpa del trabajador o trabajadora expedientado. Es el trabajador o trabajadora que con conocimientos técnicos suficientes efectúa trabajos propios del área de reprografía y publicaciones, incluyendo operaciones preliminares, complementarias o auxiliares. Es el trabajador o trabajadora que con conocimientos profesionales suficientes efectúa trabajos propios de cocina, incluyendo operaciones preliminares complementarias o socorrieres. Es el trabajador o trabajadora que con conocimientos especialistas suficientes realiza trabajos propios de taller o laboratorio, incluyendo operaciones preliminares, complementarias o socorrieres. 1.- A efectos del presente Convenio, se entenderá por cónyuge la persona a quien se encuentre ligado el trabajador o trabajadora permanentemente por vínculo legal o por análoga relación de afectividad.
Las Consejerias De Educación: Funcionalidades Desempeñadas
2.- Los trabajadores o trabajadoras que acrediten correctamente cursar estudios académicos y de formación o de perfeccionamiento profesional, tendrán preferencia para seleccionar turno de trabajo, en su caso, y de vacaciones anuales, tal como la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a los tutoriales, siempre que las pretensiones y la organización del trabajo lo dejen. 1.- La excedencia particular, que va a dar derecho a la conservación de la misma plaza, turno y centro de trabajo y al cómputo de la antigüedad a lo largo de su vigencia, se concederá por designación o decisión para un cargo público, o para función sindical electiva de campo provincial o superior. 2.- Las vacaciones se disfrutarán según con las necesidades del servicio en el periodo comprendido entre el 1 de julio y 30 de septiembre de de año en año, y se empezarán siempre los días 1 y 16 salvo causa de manera expresa justificada.
1.- El presente Convenio Colectivo entrará en vigor el día después al de su publicación en el Folleto Oficial de la Junta de Andalucía, siendo su duración hasta el 31 de Diciembre de 1.995. B) Todas las plazas, vacantes o no, que acuerden la Gerencia y el Comité de Compañía. A) Serán cubiertas sin salvedad a través de los procedimientos regulados en el Convenio Colectivo.
2.- Los trabajadores o trabajadoras cuya jornada de trabajo se realice parcialmente en el periodo comprendido entre las 22 horas y las 7 horas, percibirán en este concepto la cantidad proporcional pertinente respecto de la señalada en el apartado previo. 1.- Es el complemento designado a retribuir las condiciones particulares de los puestos de trabajo en razón a la categoría profesional a la que se hallan adscritos y en el que se comprenden el conjunto de factores (a excepción del de nocturnidad) que comportan una conceptuación distinta del trabajo ordinario. A) En las pagas de Junio y Diciembre, en el momento en que el tiempo de servicios prestados hasta el día en que se devengan no entienda la integridad de los seis meses precedentes, el importe de exactamente las mismas se reducirá proporcionalmente según los meses y días efectivamente prestados. 3.- Se abonará desde el primer día del mes siguiente a aquel en que se cumplan tres o múltiplos de tres años de servicios efectivos. 4.- La Gerencia de cada Facultad determinará, anterior negociación con el Comité de Empresa, aquellos casos en que sea obligatoria la utilización de una uniformidad concreta y sus especificaciones y condiciones, en armonía con lo preparado en el apartado previo.
Es el trabajador o trabajadora que desempeña, en el ámbito de trabajo de las Academias Infantiles, puestos de trabajo que exigen la posesión de la titulación de nivel medio y comportan responsabilidad directa en el ejercicio de las funcionalidades para las que están facultados, en virtud del título que posean. Es el trabajador o trabajadora que, estando en posesión de titulación académica de grado superior, desempeña funciones de colaboración, suplencia y sustitución del Directivo del Servicio, del que es dependiente y frente al que es responsable. 1.- El trabajador o trabajadora tendrá derecho a sentir, en su caso, las indemnizaciones cuyo objeto sea resarcirle de los costos de desplazamiento, hosting y manuntención que se vea precisada a efectuar cuando, en comisión de servicios y por orden superior, deba llevar a cabo viajes a sitios distintos al de su trabajo frecuente. En estos teóricos, el tiempo de asistencia a exactamente los mismos se considerará como de trabajo efectivo. 2.- El reingreso al servicio activo desde esta situación va a haber de realizarse en el período de un mes desde que el trabajador termine el servicio militar obligación o la prestación social sustitutoria.
Primera- Objeto Y Campo De Aplicación
Las personas aspirantes que reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria van a poder formar parte de manera simultánea en una cualquiera de las categorías convocadas. Las plazas reservadas para personas con discapacidad, en caso de quedar desiertas, no se van a poder acumular a las de ingreso general, acumulándose al cupo de la oferta siguiente. Los datos van a poder ser comunicados a otras entidades públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad popular y tributaria, y a cualquier otra entidad en caso de que permanezca obligación legal. Se valorarán los méritos, las competencias y los conocimientos específicos reflejados en el currículum profesional que no se encuentren incluidos en los precedentes apartados de este baremo, siempre y cuando tengan relación directa con las funcionalidades a desarrollar en la plaza a la que se aspira en la Facultad Pablo de Olavide. Los datos van a poder ser comunicados a otras entidades públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier otra entidad en caso de que permanezca obligación legal.