Creo que tienes que accionar con rapidez y ponerte a cargo de un laboralista con experiencia y que el demande al las dos compañías por despido y reclame lo que te deban. Además de esto debes denunciar tu situacion ante la Inspección de Trabajo. Lo de que no trabajas bien y no llevarte a malas con el, ya que mira, que deseas que te afirme.
En la actualidad estoy de baja por contingencias recurrentes ya hace un mes y deseo pedir una baja voluntaria del trabajo. En principio, la excedencia no está recogida como una de las causas para lograr cobrar el pago encargado estando de baja médica. No se si estás de baja laboral en este momento o no, pero una baja voluntaria no sería una solución, en tanto que no tendrías derecho a desempleo y perderías la indemnización.
Yo tuve un accidente laboral, conque me dieron la baja médica. Al notar que la mejora se retrasaba, la presión en mi trabajo aumentó y decidí darme de baja de manera voluntaria para no entorpecer la labor y que tengan la posibilidad de contratar a alguien en mi sitio, ya que me han prometido la reincorporación en relación me den el alta. Mi pregunta es, ¿prosigo cobrando aún habiendo pedido la baja facultativa sólo por estar de baja médica? Mientras mantengas la baja seguirás cobrando, pero lo que cobrarías de paro, por lo que la cuantía seguramente va a ser inferior, aunque nadie cotiza por tu ni entonces tendrías derecho a solicitar la prestación por desempleo. Decir que mañana empiezo en un lugar nuevo por exactamente las mismas causas que veo que van exponiendo… Desde el instante en que he tenido a mi hijo la situación en el trabajo es insoportable.
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Proseguirás cobrando mientras que estés de baja, pero no cotizas ni luego tendrás derecho a desempleo, además de esto que puede que cobres una cuantía inferior. No te recomendaría la baja voluntaria, no tienes nada que ganar. Te puede despedir, pero no por la causa que indica la compañía. Sí, seguirías cobrando mientras que estés de baja, pero no cotizarías y indudablemente la cuantía se reduciría.
Primero, no te puedes enterar por el inem del despido ya que el empresario te tiene que despedir, y realizar unos requisitos como son finiquito, indemnizacion si la hubiere, etcétera… Naturalmente estoy dando evidentemente de que en su dia firmaste un contrato de trabajo. Cuando hayan sido solicitadas en tiempo y forma los efectos se producirán desde el primero de los días del mes siguiente a aquel en que los trabajadores hubiesen cesado en la actividad esencial de su inclusión en este régimen. Al haber emitido la compañía un certificado de compañía que no se ajusta a la realidad, se tienen la posibilidad de denunciar estos sucesos a la Inspección, solicitando que se corrija el motivo de la baja no habiendo sido verdaderamente una baja facultativa. El Inspector puede investigar sobre esto y en el caso de que se verifique que no ha sido una baja voluntaria y modificar la baja.
En El Caso De Que El Empresario Opte Por La Readmisión, ¿en Que Condiciones Se Debe Producir?
A partir del séptimo mes cobrará el 50 % de la base reguladora. Del 4 al 21 día, el 60 % de la base de contingencias recurrentes. Luche por sus derechos, piense en su futuro, solo dependen de ustedLe ayudamos a conseguir sus derechos y su dinero.Contácteme.
Además, tiene menos sentido aún si se piensa que durante la incapacidad temporal el trabajador no posee ninguna obligación con la compañía de realizar trabajo alguno, con lo que su situación no va a variar. En caso de baja por enfermedad profesional, el trabajador percibirá el 75 % de su salario durante toda la baja. Ese mismo salario percibirá en el caso de que se extinga la relación laborar por baja facultativa. Si la baja es por contingencias profesional, esto es accidente laboral o patología profesional, le pagará la mutua el 75% de la base correspondiente.
En ese caso, coges la baja por la mutua y después solicitas un trámite de determinación de contingencia. Se encontraba en el periodo de prueba, un mal episodio en el trabajo y me tengo que ir al médico por ansiedad. Me dan la baja un día 15 y el día 16, que terminaba mi periodo de prueba, me llega un buerofax a fecha del día 15 en el que prescinden de mi….. Estoy en mi derecho a cobrar paro y quien me paga mientras estoy de baja. Ninguna de ámbas opciones te daría el derecho a cobrar el desempleo, aunque nunca lo hayas pedido.
He pasado el reconocimiento médico el día 9 de febrero y estoy propuesto para un expediente de incapacidad el día 26 de febrero. Lo inusual de mi caso es que hace 2 meses llegué a un acuerdo con mi compañía y firmé una baja facultativa con lo que ahora mismo estoy en una situación de asimilada a la alta. Mi pregunta es debería subscribir un convenio particular con la SS.SS. Para proseguir cotizando y que de esa manera no me baje la Base Reguladora? No se si la baja es anterior a la extinción o no, puesto que la cuestión cambia bastante.
La jurisprudencia cree que no puede hacerse depender la obligación de cotizar de un requisito formal como es la baja en vez del contenido material de un derecho. Habiendo cesado en la actividad laboral la obligación de cotizar no tiene causa. Cuando una compañía no paga, no es conveniente presentar una baja voluntaria. Hay que iniciar un trámite judicial para romper el contrato con derecho al paro y a una indemnización. Hay ocasiones en las que las empresas en vez de despedir al trabajador, de forma directa comunican a la Seguridad Social la baja facultativa del empleado.
Baja Facultativa Estando De Baja Médica
Si te quieres ir el 29 de julio, puedes notificarlo en el momento en que quieras, cumpliendo siempre el preaviso que indique el convenio. El 30 de junio finalizo contrato laboral pues hoy, día 5 de julio, empezaba en otra compañía. El 1 de julio me levanto fatal, voy a un CAP a hacerme un test y resulto ser positivo en COVID. Hasta el 14 de julio no podré comenzar a trabajar si todo tiene éxito. No, puedes estar de baja por incapacidad temporal hasta 545 días, incluso algún tiempo más.
Si solicitas el pago directo al INSS y este no es responsable te señala la mutua responsable. De hecho es una cuestión que no es dependiente del trabajador. El inconveniente es que la novedosa compañía le urge la contratación y no pienso que pueda dar los 15 días de preaviso. Ante todo gracias y perdón si me alargo,deseo dar los detalles para que se comprenda bien mi situación. No, no es requisito que trabajes para que la baja voluntaria sea eficaz. Mi empresa me insta a coger el alta para firmar un interino que sustituye al anteriores resoluciones contrato que termina en diciembre .
Contingencia Profesional: Accidente De Trabajo O Patología Profesional
No andas cotizando cuando la relación laboral se extinguen. Solicitas la prestación por desempleo cuando te den el alta, pero puede que consumas el paro como aquí explico. Me encuentro de baja por patología común y no sé si estando de baja puedo soliciar una excedencia facultativa y lo que cobraría.