Habría que ver la carta de despido, pero seguramente el despido sea improcedente o nulo. Deberás demandar en un período de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Por otro lado, tienes que pedir el pago directo a la seguridad social. Podéis llegar a un convenio de extinción, pero salvo excepciones, no te lo aconsejaría. Habría que ver los términos del acuerdo, pero no se trataría de un despido. Un despido es una decisión unilateral de la empresa, no un acuerdo.
Un despido durante la baja se puede denunciar y reclamar su nulidad. La consecuencia de esa reclamación va a ser que el empresario se vea en la obligación de readmitir al trabajador en su puesto. Si tu prestación de incapacidad temporal sale de las arcas del INSS y se te agota el paro, vas a dejar de cotizar, sí, pero no te vas a quedar sin nada. Empezarás a cobrar, como máximo, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples , que en 2021 sube a 451,92 € por mes. Si tienes dudas sobre la legalidad de tu despido, o temes que vayan a despedirte, es importante que te coloques en contacto con un letrado especialista en derecho laboral a la máxima brevedad.
Despido Disciplinario Estando De Baja
Esa causa no puede ser el hecho de estar de baja, pero en todo caso, si en el final hay un despido, va a haber que ver bien la carta de despido, ya que podría ser nulo el despido, si no existe causa. Debes soliciar el pago directo a la seguridad social, que es la que se va a hacer cargo de la baja. TE van a pagar lo mismo que te correspondería en caso de estar cobrando el desempleo.
Si, la baja no blinda al trabajador de ser despedido si incurren las causas legales para ello, o sea, si existe justificación para ser despedido por causas objetivas o disciplinarias. Problema distinto es si no se puede asistir al acto de conciliación judicial, en tanto que a ese acto debe acudir el trabajador personalmente o si no, alguien en su nombre con un poder apud acta o un poder notarial. El poder apud acta se efectúa de forma gratuita en el Servicio de Conciliación, pero es requisito moverse a él para hacerlo. Si no, el poder notarial se realiza ante un notario, que puede en ocasiones moverse a donde se halle el trabajador de baja, aunque supone un coste mayor.
En caso de un contrato temporal, se puede terminar el contrato temporal si concluye la causa que lo fundamento. La persona trabajadora está en una situación cuidada; maternidad, reducción de jornada, representante legal de los trabajadores…. En estos casos, el juez terminará reconociendo al trabajador la improcedencia del despido y por tanto la indemnización mucho más alta que recopila nuestra legislación (45 días por año por la antigüedad generada antes de febrero de 2012 y 33 días más tarde).
El Gobierno derogó en el mes de febrero de 2020 el llamado “despido por bajas médicas justificadas”. Debe pagarte finiquito, pero a lo mejor este es cero. O sea, deben pagarte las pagas extras si no están prorrateadas, así como las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Despido propósito, aquel que se genera principalmente por un causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Esto es, motivado por una situación empresarial que justifica la necesidad de eliminar ese puesto, lo que se conoce como amortizar el puesto de trabajo. Además, existe el despido propósito por ineptitud sobrevenida o falta de adaptación al puesto. Si no se está en concordancia hay que tomar en consideración los consejos a proseguir frente a un despido y el primero de ellos es prestar atención a los plazos. El período para impugnar el despido es de 20 días hábiles, no se tienen presente sábados, domingos ni festivos y se empieza a contar desde el momento en que se está despedido en tanto que el hecho de estar de baja no paraliza el plazo para demandar.
¿te Pueden Despedir Estando De Baja?
Habría que ver lo que han comprado, pero no, no se tiene que devolver por impugnar. He pedido cita en el INSS pero me dan para el próximo mes y no se como lo debo gestionar. Buenas noches Alejandro.Muchas gracias por tu labor para contribuir a las personas como yo q tengo tantas inquietudes. Soy nuevo en esto y estoy algo nulo en estas cuestiones, pero el interrogante es simple.
Muchas gracias, no creo deseen despedirme, simplemente pasarme a la recíproca hasta el alta, pero claro en el convenio dice que me abonarán el 100%siempre que no contraten a otra persona por mi, y sería la situacion. El convenio es el de siderometalurgia e instalaciones eléctricas de Tenerife. Tienen la posibilidad de terminar el contrato si la obra para la que fuiste contratada.
Si Estoy De Baja Médica Y Me Despiden, ¿ Tengo Derecho A Cobrar Algo?
Debes pedir el pago directo a la Seguridad Social. Si no andas conforme con el despido tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar. No te pueden despedir por la causa de la baja, pero sí que tienen la posibilidad de despedirte por otra causa o terminar el contrato el día 17 de enero. Mi caso es el próximo ,estoy con la baja pr problemas médicos, he amado soliciar n cambio de puesto a lo que fué imposible en tanto que no hay ninguno, Si llego a un acuerdo me podrían despedir?
Si no tienes cotizados 180 días en los últimos cinco años no tendrás derecho a cobrar la prestación por incapacidad temporal. Si el contrato temporal ha finalizado, es preciso que extingan la relación laboral si bien estes de baja. Habría que ver si el contrato temporal está en estafa de ley. La mutua me afirma la lesión será de por lo menos 2 meses,yo llevo trabajando un mes y mi contrato creo que es de tres meses,no estoy seguro pues aún no lo he firmado.Mi pregunta es,me tienen la posibilidad de despedir sin ni siquiera haber firmado el contrato?
De todas maneras, el despido nulo se da sólo en el momento en que se tiene una baja de extendida duración, y no en todos los casos. Firme un contrato temporal, me dedico al transporte escolar, en el mes de septiembre de 2019, con finalización el 22 de julio de 2020, a los 2 meses me diagnosticaron leucemia limfoblastica aguda me ingresaron en un hospital y me brindaron la baja laboral. Me han estado pagando la nómina hasta el mes de Junio que me cumplía el contrato.
Es exactamente lo mismo, por que eso que te descuentan te lo abona la recíproca. Presenta una demanda en inspección de trabajo y si no puedes demandar a la compañía o aun denunciarla por apropiación incorrecta. Debes iniciar el procedimiento de determinacion de contingencias. Sí, te pueden despedir como está explicado en la entrada. La recíproca, tiene que pagarte mientras que estes de baja.
¿y Si Fuera Un Contrato Temporal?
Pueden terminar el contrato temporal, si la causa que lo motivó ha finalizado. Me comentó mi ex encargada que una compañera, en exactamente el mismo caso que yo, cogió una baja esta semana pasada y desde rrhh indicaron que tenía que asistir a trabajar al menos el último día de contrato, puesto que si no, no se le podría despedir. Me señaló que mi caso no era igual «por el hecho de que yo ya estaba de baja». ¿Por qué razón en mi caso si finaliza el contrato estando de baja, y a la otra muchacha, si no va a trabajar al menos un día antes del fin, no la tienen la posibilidad de despedir? Sí, tienen la posibilidad de extinguir la relación laboral si bien estés de baja.