Solicitud Aplazamiento Seguridad Social (sistema Red)

Durante el plazo establecido para la constitución de garantías, la resolución de concesión surtirá los efectos que le son propios. Por este motivo, hemos elaborado esta guía práctica para solicitar el postergamiento de cuotas y cotizaciones sociales, en especial apuntada a autónomos y pymes. Las solicitudes de aplazamiento que se muestren con posterioridad a los plazos indicados respecto del mes corriente van a ser consideradas extemporáneas a los efectos de obtener un postergamiento COVID con interés reducido.

La Administración puede solicitarte la documentación económica que crea necesaria dependiendo de lo complejo que sea el expediente o de lo grande que sea el importe de la deuda, entre otros muchos componentes. La difícil coyuntura económica en la que estamos provoca que muchos autónomos y profesionales independientes tengan arduos problemas de liquidez y hallen dificultades en el momento de realizar sus cotizaciones a la Seguridad Popular. (…) se amortizará mediante pagos por mes y determinará un plazo de amortización de 4 meses por cada mensualidad solicitada desde el mes siguiente al que aquella se haya dictado, sin que exceda en total de 12 mensualidades (…). Podrá incluirse en solo una solicitud de aplazamiento todos y cada uno de los Códigos de Cuenta de Cotización afectados. Los ERTEs por ETOP (Causas económicas, técnicas, organizativas o productivas), siempre y cuando desarrollen alguna de las actividades destacadas por la Orden Del ministerio, tienen la posibilidad de solicitar moratoria, dado que la exclusión se da cuando se aplican exenciones en las cotizaciones, cosa que no sucede en esta situación, el empresario debe contestar con las cotizaciones empresariales. No cabe la oportunidad de realizarlo desde la Sede Electrónica, como se señala en el mensaje de la misma opción.

Respecto de las aportaciones empresariales que corresponden al mes de marzo, solo es posible pedir aplazamiento de pago, durante los diez primeros días del mes de abril, pero respecto de las que corresponden a los meses de abril y mayo, se va a poder optar entre solicitar una moratoria o el aplazamiento del pago, según convenga. El ingreso de las cuotas inaplazables deberá efectuarse, si no estuviese hecho con anterioridad, en el período máximo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución por la que se conceda el aplazamiento. La solicitud de aplazamiento y la moratoria en la Seguridad Social es una de esas opciones en las que la normativa solo se limita a informar los plazos pero no aclara si el procedimiento es el mismo que otra petición de aplazamiento habitual. En este artículo deseamos sugerirte toda la información que se dispone hasta ahora para hacer correctamente la solicitud de postergamiento de autónomos o de empresas por COVID19 y, como es natural, sobre la moratoria. El postergamiento deberá integrar la totalidad de las deudas aplazables en el momento de la solicitud, cualquier persona que sea su naturaleza jurídica, incluidos los recargos y también intereses y costas exigibles a dicho instante, sin que a partir de su concesión logren considerarse exigibles otros recargos, intereses y costas sobre la deuda aplazada, salvo lo que se dispone en caso de incumplimiento.

Postergamiento Del Pago De Deudas A La Seguridad Social Como Autónomo

Se habilita, por tanto, la opción de presentar la petición de aplazamiento en el periodo reglamentario de ingreso. Este servicio permite solicitar, por Registro electrónico, el postergamiento de las cuotas o deudas contraídas con la Seguridad Popular. Los importes de las deudas figuradas en las actas de liquidación serán fabricadas funcionales hasta el último día del mes siguiente al de su notificación, una vez dictado el pertinente acto administrativo definitivo de liquidación. Diferencias de cotización por trabajadores dados de alta, resulten o no directamente de las liquidaciones o datos de cotización transmitidos o de los documentos de cotización presentados, dentro o fuera de período.. Si la petición de postergamiento no reuniese los requisitos demandados o no se aportasen con ella los documentos establecidos, o se apreciasen en ella defectos u omisiones, se requerirá al solicitante a fin de que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días, con indicación de que de lo contrario se dictará resolución teniéndole por renunciado de su petición.

solicitud aplazamiento seguridad social (sistema red)

A quien haya asumido la responsabilidad por causa de la desaparición del deudor originario, en tal caso la reclamación entenderá el primordial de la deuda, los recargos, intereses y costas devengados hasta el momento en que se emita. La concesión de postergamiento dará rincón al devengo de interés, que será exigible desde su concesión hasta la fecha de pago, conforme al tipo de interés de demora que se encuentre vigente en todos y cada momento durante el periodo de duración del postergamiento. Las proporciones adeudadas en concepto de recargo sobre prestaciones económicas debidas a accidente de trabajo o patología profesional originado por carecer de medidas de seguridad y también higiene en el trabajo van a poder ser objeto de postergamiento sólo en caso de que el aplazamiento se garantice íntegramente con aval. El recargo aplicable a dicho principal devengará intereses de demora solo desde el vencimiento del período de los quince días naturales siguientes a la notificación de la providencia de apremio. Recargo del 20 por ciento de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas a partir del segundo mes natural siguiente al del vencimiento del plazo para su ingreso. Le deseaba preguntar si es conveniente pedir un aplazamiento de deuda estando pendiente, de manera adicional, la resolución de un acta de liquidación provisional.

Empresas

Sin embargo, con el objetivo de facilitar la presentación de las peticiones se podrá enseñar una petición que comprenda múltiples períodos de liquidación consecutivos, siempre dentro de esos primeros diez días. En su artículo 35, aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga sitio entre los meses de abril y junio de 2020, siendo de aplicación un interés del 0.5%. La Tesorería de la Seguridad Social podrá pedir en un plazo de 10 días la subsanación de aquellos apartados de la solicitud y la información aportada que tengan en cuenta oportuno.

Siendo esencial agregar el mandato SEPA, el importe de la cuota aplazada, la inaplazable y el plan de amortización. Según las circunstancias el aplazamiento deberá asegurarse mediante garantía suficiente para cubrir el importe primordial de la deuda, recargos, intereses y costas. Si tiene un certificado digital puede realizar su petición a través del trámite Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Popular en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

¿qué Documentación Debo Dar A La Solicitud?

Transcurrido el plazo reglamentario de ingreso y una vez adquiera solidez en vía administrativa la reclamación de deuda o el acta de liquidación, sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el trámite de recaudación en vía ejecutiva a través de la emisión de providencia de apremio, donde se identificará la deuda pendiente de pago con el recargo pertinente. Se puede solicitar el aplazamiento de las cuotas cuyo plazo reglamentario de capital sea correcto a los meses de abril, mayo y junio. En el sistema de autoliquidación de cuotas, los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar van a deber transmitir por medios electrónicos a la Tesorería General de la Seguridad Popular las liquidaciones de cuotas y por término de recaudación conjunta, salvo en aquellos supuestos que la liquidación proceda a través de la presentación de los que corresponden documentos. Las compañías van a deber presentar solicitudes personalizadas por cada código de cuenta de cotización donde figuren de alta los trabajadores respecto de los que se solicita la moratoria en el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.

Pero precaución, por el hecho de que el postergamiento de estos pagos viene acompañado de intereses que aunque te permiten alargar el plazo para abonar la deuda, termina saliendo más costoso. Como tenemos la posibilidad de observar en la imagen anterior, una vez hayamos seleccionado la opción de “Postergamiento en el pago de deudas a la Seguridad Popular”, hemos de indentificarnos con el certificado, contraseña o Cl@ve que corresponda. Mediante este servicio, la gente físicas que tienen asignado número de afiliación a la Seguridad Social , podrán conseguir y/o preguntar on-line un certificado en el que se recopila la información relativa a la existencia o no de deudas contraídas con la Seguridad Social, cualquier persona que sea el Régimen al que estén adscritas.

La comunicación, por medio de los medios indicados, de la identificación del código de cuenta de cotización y del periodo de devengo objeto de la moratoria, va a tener la cuenta de solicitud de esta. Las peticiones no van a poder presentarse a través de medios distintos del Sistema RED, no surtiendo efectos aquéllas que no se ajusten al procedimiento correcto. Como te hemos citado previamente, será necesario adjuntar el orden SEPA y el reconocimiento de deuda en caso de conocer los importes a aplazar. A través del servicio “mis expedientes” en la Sede electrónica de la Seguridad Popular puede preguntar, previa identificación, la información sobre el estado de tramitación del procedimiento de postergamiento que tenga abierto. Este sistema deja solicitar, por Registro electrónico, el fraccionamiento del reintegro de posibilidades inadecuadamente percibidas. Por medio de este servicio podrá solicitar, por Registro electrónico, el reintegro total o parcial de las cuotas ingresadas por error en los términos y supuestos fijados reglamentariamente, en el Régimen General y Asimilados.

En el momento en que por causa no imputable a la Administración, las ventajas en la cotización no se hubiesen deducido en los términos reglamentariamente establecidos, podrá solicitarse el reintegro de su importe en el plazo de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la liquidación en que el respectivo beneficio debió descontarse. Si el sujeto de la devolución fuera moroso de la Seguridad Popular o tuviese concedido un postergamiento o moratoria, el importe de la devolución se va a aplicar a la deuda pendiente de ingreso o de amortización (salvo para la situacion de la deuda garantizada mediante aval genérico). En cualquier caso, el interés que sea correcto va a ser aplicable sobre el primordial de la deuda, los recargos procedentes sobre ella y las costas del procedimiento que fueran objeto de postergamiento. En el momento en que se trate de deuda pertinente a posibilidades indebidamente percibidas que no hubieran sido satisfechas en el plazo o de los plazos reglamentariamente fijados al efecto, siempre y cuando el sujeto responsable de su reintegro sostenga su condición de pensionista de la Seguridad Social. El cumplimiento del postergamiento deberá asegurarse a través de garantía bastante para cubrir el importe principal de la deuda, recargos, intereses y costas, salvo las excepciones reglamentariamente previstas.