Como puedo realizar para hallar pruebas y soliciar el reconocimiento del puesto de administrativo en tanto que sospecho que a raíz de pedirlo verbalmente buscan sustituto para que me logre echar. Espero su contestación a mayor brevedad a travez del correo . No por el hecho de tener estudios se puede reclamar la pertenencia a un grupo profesional superior, sino dependerá de las funcionalidades que realizas. El conjunto no es tan importante, lo importante es que te paguen según las funciones que realizas y lo que señala el convenio colectivo. De forma general, la base de cotización tiene que ser tu salario bárbaro.
No cabrá invocar las causas de despido propósito de ineptitud sobrevenida o de falta de adaptación en los presuntos de realización de funcionalidades diferentes de las comunes como consecuencia de la movilidad funcional. Si estabas realizando funcionalidades superiores, deberían pagarte como tal. Habría que ver si no estabas cobrando todo lo que te correspondía. Que el sueldo base sea exactamente el mismo no establece de forma absoluta que no te estén pagando de manera adecudada.
Soy gobernante de carrera administrativa de un Municipio. El delegado de personal de los trabajadores laborales, nos dice que los oficiales de primera están equiparados a los administrativos y por consiguiente en el grupo C1. No me importa que la brigada municipal se gane la vida. Soy siendo consciente de que trabajar en la calle es más penoso que en la oficina, pero si me agrada comprender si esta afirmación es adecuada.
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Por cierto cobraría mas en el paro peeero… este contrato indefinido es como una condena a perpetua. Últimamente he empezado a trabajar en comercio con el convenio de metal de aragon. Te copio producto de tu convenio donde se recopila, específicamente en el último apartado. Entiendo que no existe un impedimento legal a que tengan exactamente el mismo salario.
Comprendo que la compañía puede llevarlo a cabo siguiendo el trámite de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Yo entiendo que gracias a los años que llevo en la empresa debería estar como oficial de primera. Habría que ver que es lo que indica el convenio colectivo. Realizaron una compensación y absorción de la subida salarial. Sobre su legalidad, es dependiente, te recomiendo que te leas el producto que enlazo. Lo importante es las funcionalidades y puesto que tienes actualmente en la compañía, y no tanto lo que dice el contrato de trabajo que determina las condiciones iniciales y no las presentes.
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Las tablas salariales del convenio colectivo es dependiente del nivel de compromiso que tienes, puesto que ser llamada «jefa» puede ingresar en diferentes apartados en la tabla. A mi parecer, sí que debería adaptarse por cualificación y compromiso según las funciones que vayas a realizar a los conjuntos que tenga el convenio colectivo. Buenas Alejandro, llevo 5 años haciendo un trabajo de Técnico de Campo en una ingenieria. Lo correcto sería que tu conjunto sea acorde con las funcionalidades que realizas así como el salario. Comprendo que por lo que indica el convenio, lo he leído por arriba, para el grupo 2 se necesita tres años de experiencia, no que se deba subir de forma automática al cumplir los tres años.
Esto es, en la práctica, no tiene mucha repercusión que la empresa indique que somos de un conjunto profesional inferior si nuestro salario es igual o superior al grupo profesional que deberíamos de tener. Por otro lado, y sin que debamos confundirlo, está el grupo de cotización que tiene el trabajador en relación a la seguridad popular. En la situacion en litigio, el trabajador era la persona encargada de tomar las resoluciones para el buen desempeño de la estación, estando únicamente supeditado a la dirección de la empresa. A partir de la carta remitida por la compañía pasó a efectuar de forma exclusiva las funcionalidades de expedición de billetes en taquilla, desempeñando otros trabajadores las labores de inspección.
Ahora volvieron a soliciar gente para farmacia, y a mí me mandan a la base, a ser operadora, o asistir en paramédicos, o cualquier actividad, y no se me avisó nada. Y no estoy comoda con la novedad xq buscan sacarme de este lugar. El producto 39 del Estatuto de los Trabajadores señala que el trabajador que realice en el transcurso de un periodo de tiempo mayor a seis meses en el transcurso de un año u ocho meses a lo largo de un par de años, va a poder reclamar el ascenso de grupo profesional, y en su caso, reclamar un salario mayor. Una cosa es las bases de cotización de la Seguridad popular que aparecen en el informe de vida laboral )del 1 al 10) y otra es la clasificación que hace un convenio colectivo en grupo profesionales.
Si ahora llevo un año en la empresa me corresponde pasar al conjunto VI ? Te deben pagar por lo menos, el salario establecido por convenio colectivo acorde con las funciones que realizas. En todo caso, habría que ver la nómina y el convenio. Si las funcionalidades que realizas son superiores a las que estás contratado, tendrás bastantes posibilidades de que te aumenten el salario. El hecho de que una compañía esté en certamen no es impedimento para reclamar lo que te corresponde. Lo esencial en relación a la indemnización o cotización, es el salario que tengas, no vas a tener menos indemnización por lo que indicas.
De no ser de esta forma, lograras recurrir al Juzgado de lo Popular para pedir que seas reubicado al cargo por el que fuiste contratado en un principio. Mírate el Convenio Colectivo para ver que afirma sobre las categorías expertos. Por los días que trabajes, comprendo que sí se puede reclamar esa diferencia salarial. No, no lo pueden llevar a cabo si requieren unos determinados requisitos que el convenio no lo hace. Sería reducir un derecho reconocido por convenio colectivo. No, es dependiente de las funciones que realice y lo que diga el convenio, pero no existe un aumento automático.
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A pesar de ello deben cumplirse una serie de requisitos para que este cambio sea efectivo y se encuentre dentro de la legalidad recogida por el estatuto de los trabajadores. En segundo lugar se debe intentar llegar a un convenio con el empresario a fin de que regularice el contrato de trabajo y adecue éste y el sueldo a las características reales del puesto de trabajo. El año pasado trabajé para una compañía con categoría de Jefa de Campo. Terminé relación laboral y la semana anterior me volvieron a contratar fija discontinua como ayudante de camarera.