No tengo claro si tienen la posibilidad de obligarme a reposar con mis horas, si cobrar el domingo me hace perder el día de descanso… Me resulta raro. Mi duda viene por la referencia a «festivo abonable y no recuperable», no se si todos los festivos son considerados así o sólo ciertos por convenio. Se debe compensar por horas trabajadas en días festivos, no se podría compensar con un día de 4 horas si esa es tu día frecuente.
Sobre el abono, dependerá de lo que afirme el convenio. No es tan relevante las horas por mes, sino más bien las horas cada un año. Normalmente, se dividen las horas cada un año entre once. Pero, a menos que el convenio indique otra cosa, sería preciso un mes trabajar mucho más horas y otro menos si al final del año no superas la jornada por la que fuiste contratado. Reducción de jornada por precaución de un menor de 12 años o un familiar que precise cuidado directo.
¿Cómo Se Retribuyen Los Días Festivos Y Domingos?
En consecuencia, un primer límite se podría considerar el de 40 horas por semana, pero el estatuto se refiere a un promedio anual, por lo que sería correcto hacer semanas de 42 horas y otras de 38 horas. De entrada no se debería trabajar, si se hace y es hora excepcional, debería abonarse como tal. Si trabajas mucho más horas de las que te corresponden te las deben abonar como extraordinarias.
Lo que establece la legislación es un día y medio de descanso mínimo por semana, además de las vacaciones cada un año. Por otro lado, habría que ver lo que dice el convenio en tu caso. A mi juicio, es un accionar que aunque procedente, roza el estafa.
Habría que ver que es lo que afirma el convenio, la presente redacción del artículo 34.8 permite solicitar al trabajadora la adaptación y conciliación de la vida laboral y familiar, pero la compañía se puede negar si existen causas para esto. Hola, tengo reducción de día y he solicitado la jornada completa con horario adaptado. Va a depender del convenio colectivo y si es a día completa, parcial…. Sobre desobedecer las órdenes empresariales te invito a este artículo. En el derecho laboral, se suele decir que es preferible obedecer y luego reclamar, ya que un juez puede entonces no considerar el comportamiento del trabajador no conveniente si es sancionado por la compañía.
¿estoy Obligado A Trabajar Todos Los Domingos Y Festivos?
Se podría estimar que por lo menos el preaviso debe ser de cinco días sobre tu jornada. En el convenio, viene que las horas «efectivas de trabajo» son 1764 menos diez de asuntos propios, total 1754. Al poner efectivo y no dar explicaciones de médicos, asambleas, etcétera… solo enseña los temas propios, yo doy por hecho que ese cómputo anual, es quitando vacaciones, horas de médicos, de asambleas, etc. que es de todos modos mi trabajo «efectivo»,. Hola mi contrato es de 40 horas por semana, jornada intensiva en cocina.
Se van a deber de considerar como horas poco comúnes, lo que supere. Es una consulta muy extensa, aquí puedes encontrar más información, trabajador que se jubila y el contrato de relevo. Hola, trabajo por turnos de 7 días (6-14h) 3 dias reposo, 7 días (14-22h) 4 descanso, y 7 (22-06h)y 7 descanso. Si tienes una jornada establecida y ese día ce en festivo, tienes derecho a descansarlo.
Aquí explico como se calcule la día día tras día. Pero que el convenio indique el número de horas de forma anual, no señala automáticamente que no se pueda realizar más horas cotidianas que las que indicas. En virtud del artículo 36 del ET se considera trabajo a turnos toda forma de organización del trabajo donde se prestan servicios en horarios distintas en un intérvalo de tiempo determinado de días o semanas de forma, más o menos, cíclicas. En cualquier caso, se debe tener presente que el convenio colectivo o a través de pacto individual o colectivo puede establecerse un tiempo superior de pausa durante la jornada a estos 15 minutos. El Estatuto de los Trabajadores, en el mencionado producto 34, establece que si la jornada diaria continuada sobrepasa de seis horas, va a deber establecerse obligatoriamente un intérvalo de tiempo de reposo no inferior a quince minutos.
Si, tienes derecho a reposar los días festivos, y si trabajas deben compensarlos. A menos que el convenio afirme algo, lo que establece el Estatuto es que se tienen que descansar día y medio sin detallar si debe ser domingo o cualquier otro día. Habría que ver si el convenio señala esos 15 minutos como ciertamente trabajados o no, de entrada no se cuentan dentro de la jornada. Si no se respeta el descanso entre jornadas no es correcto. En el final del año lo que se debe trabajar son las horas establecidas por convenio colectivo.
Ignoro el convenio, pero a mi parecer, y en relación con lo correcto en el artículo, si se trabajan los festivos se tienen que compensar con reposo o con un abono extra de un 75%. Aunque existan días festivos, se mantiene el derecho a los días de descanso por semana. Me preguntas si trabajo en una compañía que cierra el local el 25 de diciembre y mi contrato afirma que yo semanalmente tengo que realizar mis 25 horas de la día, sería el cierre un festivo. Es ilegal que que yo deba dinero por que ellos cierren el local por gusto y yo no pueda hacer mis hora.
Trabajo en una asociación sujeta a un contrato de la Comunidad de Madrid para dar un programa de respiro familiar. Tengo un contrato de 25 horas semanales. Tenemos un cuadrante bimensual. En este cuadrante las horas que estamos trabajando ofertando el servicio de estancia aparecen reflejadas como 8 horas, sin embargo en la verdad trabajamos 24 puesto que debemos hacer guardas nocturnas y no podemos dejar el puesto de trabajo en todo el día.
Esto si que pone en riesgo la seguridad del personal por agotamiento. Si pone dos días ininterrumpidos entiendo, entiende que debe ser un par de días, sino señalaría por horas. De todas maneras, habría que revisar el convenio para interpretarlo.
Al no ser jornada completa, las horas deberán repartirse entre 5 días y medio. El resto, en un caso así 1 día y medio va a deber ocuparse al reposo personal. En los contratos laborales, «s/c» es «según convenio». Y ese convenio va a marcar las condiciones de horas en este caso. Cada red social autónoma marca en el convenio colectivo esas condiciones para el cambio de horas en el contrato. Buenos días, mi muchacha trabaja en un autoservicio y tiene contrato de 20 horas, ya que bien hace un tiempo la hicieron de 30 horas, estuvo un mes o así y después la hicieron de 20 horas de nuevo.