Viii Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada

Para facilitar la actividad sindical se podrá acordar entre organizaciones sindicales y patronales con representatividad en el ámbito sobre la acumulación de horas sindicales de los delegados de las respectivas organizaciones sindicales. En dichos pactos se fijarán por las dos partes las condiciones y el trámite. En el momento en que la compañía organice tutoriales de perfeccionamiento y, de forma voluntaria los trabajadores los realicen, los gastos de matrícula, movimiento, residencia y manutención, en su caso, van a correr a cargo a la compañía.

En el mes siguiente a la publicación en el BOE del Convenio, se formará una comisión para la interpretación, mediación, arbitraje y seguimiento de lo predeterminado en el presente Convenio. Las retribuciones del año 2018 van a deber negociarse antes del 31 de diciembre de 2017. Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y pactos colectivos de trabajo con desempeño mediante medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Este Convenio queda abierto a la adhesión de cualquier organización con representatividad legal suficiente dentro de los campos establecidos en exactamente el mismo. Con respecto a las demás situaciones, y en su grupo, van a ser respetadas las más beneficiosas que vinieran disfrutando los trabajadores. Los planes de igualdad contendrán un grupo ordenado de medidas evaluables dirigidas a remover los óbices que impiden o complican la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Fb Fesp-Ugt Enseñanza Clm

Si la salida supone que la persona trabajadora realiza una día superior a la que tuviera ese día, se contabilizarán las realizadas sobre la jornada que tuviera ese día. En caso de día partida, la pausa entre la día de mañana y la jornada de tarde no será considerada tiempo de trabajo, a menos que tenga encomendada la realización de tareas durante la misma. En caso de emplear soporte en papel se va a deber hacer una hoja por persona trabajadora. Trámite de solución de discrepancias en la negociación de modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo de carácter colectivo establecidas en este Convenio colectivo. Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo indivisible.

Caso de que el contrato se hubiese concertado por una duración inferior a la máxima establecida, éste va a poder prorrogarse mediante acuerdo entre las partes hasta por un par de veces, sin que la duración de cada prórroga pueda ser inferior a seis meses y sin que la duración total del contrato logre exceder de la duración máxima de dos años, o en su caso de tres años. Quedarán afectados por el presente Convenio todas las empresas privadas que se dediquen a impartir enseñanza y capacitación no reglada, así sea presencial, a distancia, semipresencial u online. Quedan expresamente excluidas del campo funcional de app del presente Convenio, las empresas autorizadas para impartir cualquiera de las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se altera la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Si al transcurrir las ¾ unas partes del periodo de referencia (tres años), la compañía no ha ofertado las preceptivas horas de formación, esta va a deber favorecer o autorizar la realización de estas horas, respetando, en el resto de cuestiones, lo predeterminado en el artículo 30 del presente Convenio.

Privada-concertada

Los trabajadores contratados por la compañía sin pactar modalidad especial alguna en cuanto a su duración, se considerarán fijos, pasado el periodo de prueba, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal del mismo. El salario base de forma anual que percibirán los trabajadores de este Convenio, establecido dependiendo de la jornada total de forma anual sosprechada en el artículo 17, será el predeterminado en el Anexo 1. La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute de la reducción de día corresponderán al trabajador, en su jornada ordinaria, quien deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha de reincorporación a su jornada anterior.

Reducción de día por guarda legal y cuidado de familiares. Aquellos trabajadores que por causas de almacena legal tenga a su precaución directo algún menor de 12 años o persona con discapacidad que no desempeñe una actividad remunerada, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, por lo menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. I) Los trabajadores dispondrán de un máximo de quince horas cada un año retribuidas para asistir a consultas médicas de especialistas tanto del propio trabajador como de hijos menores de doce años, hijos con discapacidad y familiares hasta el primer nivel de consanguinidad a cargo en situación de dependencia. Este permiso deberá ser comunicado y justificado a la compañía a fin de garantizar el preciso desempeño del centro y/o servicio.

La empresa va a deber avisar a los Representantes Legales de los Trabajadores, si los hubiere, cualquier situación de movilidad funcional que se llevase a cabo, con carácter antes de su ejecución. Relación de los trabajadores subrogados, con indicación de sus datos personales y laborales. Las empresas dispondrán de un período de tres meses, desde la publicación en BOE del presente Convenio colectivo para llevar a cabo efectivos los atrasos que en su caso logren corresponder.

Cuando los 2 progenitores que ejerciten este derecho trabajen para la misma compañía, la dirección empresarial va a poder limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo periodo de tiempo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. El conjunto I, además disfrutará en Semana Santa y Navidad los días de vacaciones que la empresa conceda a sus alumnos. En caso de prestar servicios en Semana Santa y/o Navidad, el trabajador perteneciente a este conjunto tendrá derecho a la compensación de un día de permiso remunerado para los que hubieran dado clase en Semana Santa y de un par de días de permiso remunerado para los que hubiesen dado clase en Navidad, fijándose por la compañía la fecha de disfrute de tales días de permiso en función de las necesidades organizativas de la compañía.

Cuando el contrato de duración cierta previsto en el apartado 1.b) del producto 15 del Estatuto de los Trabajadores se concierte por empresas y trabajadores damnificados por el presente convenio colectivo va a tener una duración máxima de doce meses dentro de un periodo de tiempo de dieciséis meses. Dicho periodo de tiempo de dieciséis meses se computará desde la fecha de la causa o situaciones que justifique su utilización. Para los conjuntos I y II, el citado complemento no va a poder superar el 30 % del Salario Base correspondiente a cada puesto de trabajo, establecido en las tablas del presente convenio. Para el personal del grupo III, el complemento de avance profesional no va a poder superar el 40 % del Salario Base pertinente a cada puesto, establecido en las tablas salariales del presente convenio.

Sectores

D) Para efectuar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legalmente. B) Tres días en el caso de fallecimiento, accidente o enfermedad graves, u hospitalización de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y dos mucho más si tuvieran que desplazarse a una provincia no limítrofe, isla u otro país. Cuando el trabajador cese a instancia de la compañía, esta va a deber dar cumplimiento a lo legislado al efecto. Copia de los 3 últimos recibos de salarios de los trabajadores relacionados. La compañía entrante va a deber hacer llegar, por medio fehaciente, a la empresa saliente, su condición de novedosa adjudicataria del servicio.